El número de menores migrantes solos inscritos en Castilla-La Mancha en octubre de 2023 fue de 143, mientras que en España ha aumentado en ocho años un 221,4 % y más de 3.000 % los registrados en Canarias. Este lunes, 18 de diciembre, se celebra el Día Internacional del Migrante.
Así lo revela el Gobierno en una respuesta parlamentaria a las diputadas del Grupo Parlamentario Popular, Isabel María Borrego Cortés y Ana Belén Vázquez Blanco, en la que preguntan al Ejecutivo cuál es el número de menores extranjeros no acompañados en cada comunidad autónoma desglosado por anualidades y Comunidad, desde el año 2015 hasta la actualidad.
Asimismo, a través de los datos que ha compartido, se observa que el 2018 fue el año donde más migrantes menores solos se registraron, con 13.795, le sigue 2019, con 12.417; 2022, con 11.417; 2023, que, a falta de dos meses, cuenta con 10.738; 2021, con 9.294; 2020, con 9.030; 2017, con 6.414; 2016, con 3.997; y 2015 con 3.341.
CANARIAS, DE 93 INSCRITOS A 3.030 EN OCHO AÑOS
Por comunidades, destaca el dato de Canarias, que desde el 2015 (93) hasta octubre de 2023 (3.030) han aumentado las inscripciones de los migrantes menores no acompañados un 3.000%.
A Canarias, que se encuentra a la cabeza de las comunidades autónomas, le sigue este 2023 Andalucía, con 1.707 inscripciones; Cataluña, con 1.337; la Comunidad Valenciana, con 1.016; Madrid, con 849; País Vasco, con 677; Baleares, con 319; Castilla y León, con 295; Melilla, con 276; Murcia, con 240; Ceuta, con 221; Galicia, con 209; Castilla-La Mancha, con 143; Navarra, con 133; Aragón, con 125; Asturias, con 64; Extremadura, con 53; Cantabria, con 34; y La Rioja, con 10.
LA RIOJA, LA QUE MENOS TIENE
Por otro lado, La Rioja es la comunidad que menos migrantes menores no acompañados ha inscrito a lo largo de estos últimos años. En este sentido, ha pasado de cinco registrados en 2016 a diez en 2023. Sin embargo, los años en los que más inscritos tuvo fueron 2020 y 2021, con 11 en ambos.
Finalmente, el Gobierno recalca en el documento que «la inclusión de datos de menores en el Registro MENA se realiza con efectos exclusivos de identificación, de conformidad con lo establecido en el artículo 215 del Real Decreto 557/2011, de 20 de abril, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley Orgánica 4/200, sobre Derechos y Libertades de los Extranjeros en España y su Integración Social, estando el citado Registro coordinado por la Fiscalía General del Estado como órgano garante y protector del interés superior del menor».