Sanidad prepara cambios en la información que reciben las mujeres antes de abortar: estas son las novedades

El Gobierno quiere que todas las mujeres reciban la misma información básica antes de una interrupción voluntaria del embarazo, independientemente de dónde vivan

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El Ministerio de Sanidad avanza en la tramitación de una nueva normativa que regulará qué información deben recibir las mujeres antes de una interrupción voluntaria del embarazo (IVE). El objetivo es establecer unos criterios comunes en toda España, también en Castilla-La Mancha, para que el acceso a la información no dependa de la comunidad autónoma en la que se realice la intervención.

El Ministerio ha convocado para este miércoles un pleno extraordinario del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud (CISNS), aunque en esta ocasión no habrá una reunión presencial ni telemática.

Sanidad remitirá por correo electrónico a las comunidades autónomas el proyecto de real decreto y las consejerías podrán enviar sus observaciones por la misma vía.

La nueva regulación todavía no está aprobada. El Consejo de Ministros autorizó la semana pasada su tramitación urgente, por lo que las medidas previstas deberán completar el procedimiento correspondiente antes de entrar en vigor.

¿Qué información será obligatoria antes de un aborto?

Una de las principales novedades del proyecto es la separación entre la información que los profesionales sanitarios deberán facilitar siempre y aquella que solo se proporcionará si la mujer la solicita.

La información obligatoria incluirá:

  • Las características de la intervención y los métodos disponibles.

  • Las diferencias entre el aborto farmacológico y el quirúrgico.

  • Los centros sanitarios públicos y privados acreditados donde puede realizarse.

  • Los trámites necesarios para acceder a la prestación.

  • Los derechos de la mujer durante la atención sanitaria.

  • Los riesgos y las posibles consecuencias de cada procedimiento.

El proyecto pretende que esta información sea clara, objetiva, accesible y suficiente para que cada mujer pueda tomar una decisión informada.

Además, se establece expresamente la obligación de explicar los métodos farmacológico y quirúrgico, frente a la referencia más general a los distintos métodos que recogía la regulación anterior.

¿Qué información se facilitará solo si la mujer la pide?

La normativa también modifica el tratamiento de otras cuestiones que podrán abordarse durante el proceso asistencial, pero únicamente a petición de la mujer.

Entre ellas figuran la información sobre anticoncepción y sexo seguro, el asesoramiento antes y después de la interrupción del embarazo, las ayudas públicas disponibles para mujeres embarazadas y los derechos laborales relacionados con el embarazo.

Esta diferenciación adapta la regulación a los cambios introducidos por la Ley Orgánica 1/2023.

Cambios en los abortos por causas médicas

El proyecto también contempla novedades para las interrupciones voluntarias del embarazo que se realizan después de las 14 semanas de gestación por causas médicas.

En estos casos, la mujer deberá recibir información sobre los diferentes procedimientos posibles para poder elegir la opción más adecuada a su situación.

Asimismo, se modificarán las reglas de composición y funcionamiento de los comités clínicos que intervienen en determinados supuestos médicos.

La propuesta establece que estos órganos deberán contar, con carácter general, con una presencia equilibrada de mujeres y hombres, tanto entre sus miembros titulares como entre los suplentes.

También prevé que no puedan formar parte de estos comités los profesionales inscritos en el registro de objetores de conciencia ni quienes hayan estado inscritos durante los tres años anteriores.

Los dictámenes deberán emitirse por escrito e incluir el diagnóstico, las pruebas e informes examinados, la valoración médica y las razones clínicas que fundamenten la conclusión.

¿Qué cambia ahora para las mujeres de Castilla-La Mancha?

Por el momento, ninguna de estas novedades supone un cambio inmediato en la atención sanitaria, ya que el real decreto continúa en tramitación.

La Consejería de Sanidad de Castilla-La Mancha, como las del resto de comunidades autónomas, tendrá la oportunidad de presentar observaciones al texto remitido por el Ministerio.

Si finalmente se aprueba, la normativa establecerá unas condiciones comunes sobre la información que deben recibir las mujeres antes de una interrupción voluntaria del embarazo, con independencia del territorio en el que sean atendidas.

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