El Tribunal Constitucional (TC) ha desestimado el recurso presentado por el Gobierno de Castilla-La Mancha contra la ley de amnistía del ‘procés’, confirmando así el criterio que ya había mantenido en anteriores resoluciones sobre esta norma.
La sentencia, de la que ha sido ponente la vicepresidenta del tribunal, Inmaculada Montalbán, concluye que la ley no vulnera la Constitución y aplica la doctrina fijada por el propio Constitucional en pronunciamientos previos, entre ellos el que avaló la mayor parte de la norma en junio de 2025.
Entre sus argumentos, el tribunal sostiene que la Constitución no prohíbe la aprobación de leyes de amnistía y considera que el legislador no actuó de forma arbitraria al impulsar esta medida.
Asimismo, rechaza que la norma vulnere principios como la separación de poderes, la igualdad entre territorios, la solidaridad o la seguridad jurídica, cuestiones que habían sido planteadas en el recurso del Ejecutivo castellanomanchego.
El Constitucional también descarta que el Estado carezca de competencias para aprobar una ley de este tipo y aclara que la amnistía y el indulto son figuras jurídicas diferentes, por lo que la primera debe aprobarse mediante una ley parlamentaria y no requiere la intervención del Rey ni del Gobierno a través del derecho de gracia.
La resolución cuenta con votos particulares de cuatro magistrados del sector conservador del tribunal, que discrepan del criterio mayoritario.
Con esta decisión, el Constitucional suma un nuevo pronunciamiento sobre la ley de amnistía, después de haber rechazado también los recursos presentados por otras comunidades autónomas, entre ellas Andalucía, Madrid, Murcia y la Comunidad Valenciana.
