Los vecinos de Castilla-La Mancha que sufran molestias por el ruido de espectáculos públicos o actividades recreativas tendrán reconocido expresamente el derecho a presentar una reclamación y recibir una respuesta de la Administración competente en el plazo máximo de un mes.
Es una de las novedades de la Ley 6/2026, de 1 de octubre, de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas, publicada este jueves, 8 de octubre, en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha (DOCM), que sustituirá a la normativa vigente desde 2011.
La nueva regulación presta especial atención a la convivencia entre los establecimientos de ocio, los organizadores de espectáculos y las personas que viven en su entorno.
Un mes para responder a las reclamaciones vecinales
El artículo 38 reconoce el derecho de las personas afectadas a presentar quejas y reclamaciones por las molestias derivadas de espectáculos públicos y actividades recreativas que puedan perjudicar el descanso o la convivencia.
La principal novedad respecto a la ley anterior es que la Administración competente deberá responder en el plazo de un mes.
Esto no significa que cualquier reclamación implique automáticamente una sanción o la suspensión de una actividad, sino que los vecinos tendrán reconocido el derecho a recibir una respuesta dentro de ese periodo.
La normativa de 2011 ya obligaba a los organizadores y titulares de establecimientos a evitar ruidos y molestias y a respetar los límites acústicos. La nueva ley concreta ahora el derecho de reclamación de las personas afectadas.
Las molestias dentro de una vivienda deberán poder comprobarse
La ley también establece una condición para las reclamaciones relacionadas con el ruido que llega al interior de los domicilios.
Cuando sea necesario realizar comprobaciones dentro de una vivienda, la persona que haya presentado la queja deberá permitir el acceso de los técnicos o inspectores competentes.
Si no facilita esa entrada cuando resulte imprescindible para comprobar los hechos denunciados, las actuaciones podrán archivarse.
De esta manera, la norma vincula la tramitación de estas reclamaciones a la posibilidad de verificar las molestias mediante las comprobaciones correspondientes.
La ley entrará en vigor el 8 de enero de 2027
Aunque la nueva normativa ya ha sido publicada en el DOCM, no entrará en vigor hasta el 8 de enero de 2027, tres meses después de su publicación.
A partir de esa fecha sustituirá a la Ley 7/2011 y comenzará a aplicarse el nuevo marco regulador de los espectáculos públicos y actividades recreativas en Castilla-La Mancha.
Entre sus previsiones destaca este reconocimiento expreso del derecho de los vecinos a reclamar por las molestias que afecten a su descanso y a obtener una respuesta administrativa en un plazo determinado.
