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Este sábado entra en vigor el protocolo de acoso escolar en CLM

Este sábado entra en vigor el protocolo de acoso escolar en CLM

Este sábado 21 de enero entra en vigor el protocolo de actuación ante situaciones de acoso escolar en los centros docentes públicos no universitarios de Castilla-La Manch, registrándose 29 casos en el primer trimestre de este curso 2016-2017.

Así lo han presentado este viernes en un acto el consejero de Educación, Ángel Felpeto, acompañado de la directora de Familia y Menores, María Ger; el director general de Programas, Atención a la Diversidad y Formación Profesional, Amador Pastor; el director del IES El Greco de Toledo, Juan Antonio Merchán; y la jefa de estudios del centro, Marta Candelas.

Según ha puesto de manifiesto el consejero, este protocolo se ha elaborado en el Observatorio de la Convivencia y viene a actualizar al de 2006 considerado «el más avanzado en su tiempo». El de 2017, ha explicado Felpeto, «avanza y llega más allá dando respuesta a problemáticas como el ciberacoso».

Con este Protocolo se implica a observadores, denunciantes, familiares, acosado y acosador y fija un plazo concreto de actuación y resolución de 30 días desde que se detecta el caso, ha explicado el consejero.

Asimismo, refuerza actuaciones puestas en marcha por los centros educativos con cuestionarios para identificar si están aislados, actuaciones para mejorar la convivencia con creación de quipos de mediación y apoyo entre iguales, campañas de sensibilización, charlas de Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado o actividades alternativas en recreos.

También se establecen canales de comunicación como buzón de sugerencias, comunicaciones directas con profesores, tutorías para las familias y el teléfono del menor gestionado a través del programa ‘Tú cuentas’ iniciado en noviembre de 2016.

«En el primer trimestre de este curso 2016-2017 se han confirmado 29 casos de ‘bullying’, pero aunque solo existiera uno habría que eliminarlo», ha señalado el consejero de Educación.

Por ello, ha concluido, con este Protocolo se dará «respuesta rápida» a estas situaciones para hacer del acoso «una imperfección del pasado producto de una sociedad poco madura».

18 CASOS DETECTADOS POR ‘TÚ CUENTAS’

La directora general de Familia y Menores ha explicado que gracias a Tú Cuentas se han detectado 18 casos en Castilla-La Mancha los cuales ya están siendo atendidos involucrando al acosado, acosador y familias de ambas partes.

A través de ‘Tú cuentas’ se «refuerza la detección, se da una atención especializada a casos que no se pueden solucionar desde el centro y se atiende el teléfono gratuito y anónimo 116 111 para denunciar casos sin dejar rastro», ha dicho Ger.

Este teléfono ha detectado en 2016 66 casos de acoso y cuatro de ciberacoso, aumentando un 59 por ciento con respecto a 2015, según ha explicado.

Por ello, también dentro de ‘Tú cuentas’ gestiona seis equipos de profesionales –uno en cada capital de provincia y el último en Talavera de la Reina– para atender ante situaciones de acoso y va a continuar actuando a través de campañas de sensibilización; vídeos específicos para familias, alumnos y profesores; y cartelería.

DETALLES DEL PROTOCOLO

Según la Resolución publicada este viernes en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha, recogido por Europa Press, se distinguen cuatro agentes implicados en el acoso escolar: alumnado acosado, alumnado acosador, personas observadoras y personas que ponen en conocimiento la situación.

Una vez conocidos los hechos que indiquen un indicio razonable de acoso escolar, el responsable de la Dirección del centro educativo constituirá una Comisión de acoso escolar lo antes posible, nunca más tarde de 48 horas.

La Comisión de acoso escolar tendrá un funcionamiento independiente de la Comisión de Convivencia del Consejo escolar y estará integrada por un miembro del equipo directivo; la orientadora o el orientador educativo del centro y un miembro del equipo docente del centro.

El responsable de la dirección del centro, a propuesta de la Comisión de acoso escolar, adoptará las medidas inmediatas necesarias para proteger al alumnado implicado, informando a las familias afectadas. Entre estas medidas se incluirán medidas que garanticen la inmediata seguridad del alumnado acosado.

Inmediatamente, la directora o el director del centro educativo, informará vía telefónica y por escrito a la inspectora o el inspector de educación de referencia del centro. En un plazo máximo de 24 horas desde la constitución de la Comisión de acoso escolar, el responsable de la dirección del centro, informará a las familias o tutores legales del alumnado implicado, garantizando la confidencialidad y poniendo de manifiesto la provisionalidad de las conclusiones, así como de las medidas inmediatas adoptadas por el centro. Esta información se llevará a cabo a través de una entrevista de la cual se levantará acta.

El profesorado responsable de la tutoría de los grupos del alumnado implicado, junto con el miembro del equipo directivo de la Comisión de acoso escolar, y con el asesoramiento del orientador educativo del centro, informarán nuevamente a las familias de las actuaciones o medidas acordadas, tanto las de carácter individual llevadas a cabo con el alumnado afectado, como las de carácter general propuestas para los grupos afectados o el centro en su conjunto.

Cuando una de las medidas a adoptar sea la derivación a algún servicio o unidad de intervención de las Consejerías competentes en materia de protección de menores y/o sanidad se informará a la familia del procedimiento para iniciar la intervención.

A las familias del alumnado agresor se les informará expresamente, además, de las consecuencias que pueden derivarse, tanto para ellas como para sus hijas e hijos, en caso de reiteración de conductas constitutivas de acoso escolar. De esta información quedará constancia por escrito a través de un acta.

PASARÁ A LA FISCALÍA

La Inspección de Educación, de acuerdo con la información facilitada por la Dirección del centro, evaluará el caso y propondrá a la directora o al director provincial de Educación, Cultura y Deportes correspondiente el traslado de los hechos a la Fiscalía de Menores cuando la gravedad de los mismos así lo requiera.

No obstante, deberá tenerse en cuenta que cuando el alumnado acosador sea menor de catorce años, no les es exigible responsabilidad penal. Estos casos deberán ponerse en conocimiento de la Consejería competente en materia de protección de menores.

La directora o el director del centro evaluará la eficacia de las medidas llevadas a cabo e informará oportunamente de los resultados de dicha evaluación a las familias implicadas y a la Comisión de Convivencia del Consejo escolar del centro.

La Dirección del centro es la competente para la adopción de las medidas, y se responsabilizará de informar periódicamente a la Inspección educativa y al Consejo escolar del grado de cumplimiento de las mismas y de la situación escolar del alumnado implicado.

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