Ya están en vigor las ayudas por el accidente de Urda: hasta 72.000 euros por fallecido y tres meses para solicitarlas

El Gobierno destina 30 millones de euros a las víctimas de la tragedia ferroviaria

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Las ayudas económicas para las víctimas del accidente ferroviario de Urda (Toledo), que ha dejado al menos 69 fallecidos, ya están en vigor. El Boletín Oficial del Estado (BOE) ha publicado este miércoles, 4 de noviembre, el decreto aprobado por el Gobierno para ofrecer apoyo económico a los afectados y sus familias.

La medida contempla 30 millones de euros, destinados tanto a ayudas directas de carácter urgente como a anticipos de las indemnizaciones del seguro de responsabilidad civil.

El objetivo es que las víctimas puedan recibir una primera compensación económica sin tener que esperar a que concluyan los procedimientos habituales de indemnización.

¿Cuánto dinero recibirán las víctimas y sus familiares?

El Real Decreto-ley 32/2026 establece diferentes cuantías en función de las consecuencias del accidente.

En caso de fallecimiento, se reconoce una ayuda directa de 72.121,46 euros por víctima, a la que se suma un anticipo del seguro por el mismo importe.

Para las personas que hayan sufrido lesiones, las cantidades dependerán de su gravedad:

  • Lesiones de menor gravedad: desde 2.404,04 euros.
  • Lesiones de máxima gravedad: más de 84.141,70 euros.
  • Anticipos del seguro: tendrán las mismas cuantías que las ayudas directas correspondientes.

Estas cantidades no sustituyen otras indemnizaciones que puedan corresponder a los afectados, como las relacionadas con asistencia, alojamiento, transporte o pérdida y daños del equipaje.

El decreto también regula quiénes pueden ser considerados víctimas y beneficiarios indirectos, así como el reparto de las ayudas entre los familiares de las personas fallecidas.

¿Cuándo y cómo se pueden solicitar las ayudas?

Aunque el decreto ha entrado en vigor este miércoles, el plazo para solicitar las ayudas todavía no ha comenzado.

Los afectados dispondrán de tres meses para presentar sus solicitudes, pero ese periodo empezará a contar cuando la Secretaría de Estado de Transportes publique la resolución que establecerá el procedimiento de tramitación.

Por tanto, el plazo no comienza el 4 de noviembre. Las víctimas y sus familiares deberán esperar a que se publique la resolución con las instrucciones para solicitar las compensaciones.

Protección para los trabajadores afectados por el accidente

El decreto también incluye medidas laborales para quienes hayan sufrido las consecuencias del siniestro.

Las bajas médicas iniciadas antes del 30 de noviembre de 2026 como consecuencia del accidente tendrán, de forma excepcional, la consideración de situación asimilada a accidente de trabajo a efectos de la prestación económica por incapacidad temporal.

Esto permitirá acceder a una prestación desde el primer día de baja y sin necesidad de acreditar un periodo mínimo de cotización.

Además, las empresas no podrán sancionar ni perjudicar laboralmente a los trabajadores que no hayan podido acudir a su puesto o hayan llegado tarde debido al accidente o a las alteraciones del servicio ferroviario.

Límites a los precios del transporte y el alojamiento

La norma incorpora otra medida dirigida a los viajeros afectados por la interrupción de la línea de alta velocidad Madrid-Andalucía.

El Gobierno establece limitaciones a los precios de los transportes alternativos y de determinados servicios de alojamiento relacionados con los desplazamientos afectados, con el objetivo de evitar incrementos abusivos durante la emergencia.

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