martes, 7 abril, 2026

Vuelve la Campaña de la Renta: arranca mañana con las presentaciones online

El plazo para presentar la declaración se abre el 8 de abril y se extiende hasta el 30 de junio de 2026

Comparte

La Agencia Tributaria ha anunciado el calendario y las principales novedades de la Campaña de la Renta y Patrimonio 2025, que comenzará el 8 de abril de 2026 para la presentación de declaraciones a través de Internet y finalizará el 30 de junio del mismo año. Entre las novedades destacan nuevas deducciones para rentas bajas, cambios en la tributación de ganancias patrimoniales y mejoras en la asistencia a los contribuyentes, especialmente para autónomos.

Desde el 8 de abril, los contribuyentes podrán obtener el borrador de la declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) por medios electrónicos, a través del Servicio de tramitación del borrador/declaración en la web de la Agencia Estatal de Administración Tributaria.

Además, la Agencia ya ha puesto a disposición los datos fiscales y otros contenidos para facilitar la gestión anticipada de la declaración, así como el nuevo servicio para obtener el número de referencia para 2025, que permitirá gestionar todos los servicios de la campaña.

La asistencia presencial estará disponible entre el 1 y el 30 de junio, previa solicitud de cita desde el 29 de mayo hasta el 27 de junio. Para quienes prefieran la atención telefónica, la Agencia confeccionará declaraciones por este medio desde el 6 de mayo hasta el 30 de junio, con cita previa desde el 29 de abril.

El plazo de presentación para las declaraciones con resultado a ingresar y domiciliación bancaria finaliza el 25 de junio. Los pagos podrán realizarse mediante domiciliación, cargo en cuenta, Número de Referencia Completo (NRC), tarjeta de crédito o débito, transferencias instantáneas a través de plataformas como Bizum, o mediante documento de ingreso en una entidad colaboradora.

En cuanto a la obligación de declarar, deberán presentar declaración los contribuyentes que hayan obtenido rentas del trabajo superiores a 22.000 euros de un pagador o 15.876 euros de dos o más pagadores. También están obligados quienes hayan estado dados de alta como autónomos, en el Régimen Especial de Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos, o en el Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores del Mar, así como los titulares del ingreso mínimo vital y los integrantes de la unidad de convivencia.

Por el contrario, los beneficiarios de prestaciones por desempleo no tendrán la obligación de presentar la declaración del IRPF, tras la convalidación en el Congreso del real decreto-ley de revalorización de pensiones.

En la campaña anterior, correspondiente al año 2024, la Agencia Tributaria devolvió 13.094 millones de euros a 15,6 millones de contribuyentes, alcanzando el 97,5 % de las devoluciones solicitadas en número y el 95,5 % en importe. Se presentaron 24,7 millones de declaraciones, un 2,4 % más que el año anterior, de las cuales el 65 % tuvieron un resultado a devolver. Además, se registraron más de 47.000 declaraciones rectificativas tras la recepción de cartas de la Agencia, lo que permitió evitar comprobaciones posteriores, intereses y sanciones.

Entre las novedades de la Campaña de la Renta 2025, se han actualizado los beneficios fiscales aprobados por las comunidades autónomas, mientras que el marco estatal permanece estable. La declaración incorpora nuevas casillas para autónomos, regularizaciones de cotizaciones y desgloses para actividades agrícolas.

También se han añadido apartados para declarar ganancias patrimoniales por premios, fondos cotizados (ETFs) y Sociedades de Inversión de Capital Variable (Sicav), así como una nueva deducción para rentas más bajas.

El modelo de declaración incluye una casilla en el apartado de autoliquidaciones rectificativas para solicitar que la autoliquidación presentada previamente se tenga por no presentada si no existe obligación de declarar. Además, se han habilitado nuevas casillas para la reducción aplicable a rendimientos de actividades artísticas obtenidos de manera excepcional.

Renta WEB incorpora un sistema de avisos para identificar si los ascendientes o descendientes con rentas entre 1.800 y 8.000 euros están obligados a declarar, con el objetivo de evitar errores y liquidaciones posteriores. El programa también calcula automáticamente el rendimiento mínimo de arrendamientos a familiares.

En cuanto a la tributación del ahorro, se ha modificado el último tramo de la tarifa aplicable a la base liquidable del ahorro en el IRPF: el tipo marginal máximo estatal para bases superiores a 300.000 euros pasa del 14 % al 15 %. Para contribuyentes con residencia habitual en el extranjero, el tipo marginal máximo sobre la base liquidable del ahorro se eleva al 30 % (frente al 28 % anterior).

Se mantienen los incentivos fiscales para la inversión en sostenibilidad, como vehículos eléctricos y reformas para la eficiencia energética, y se añade una nueva deducción para las rentas más bajas, con el fin de compensar el efecto de la subida del Salario Mínimo Interprofesional, fijado en 16.576 euros, sobre la renta disponible.

La Agencia Tributaria recuerda que “la campaña arrancará justo después de la Semana Santa” y que “ya está disponible el nuevo servicio para obtener el número de referencia para 2025, que permitirá gestionar todos los servicios para la Campaña (y para las campañas anteriores)”.

+ Noticias