Un total de 2.687.392 personas en España se verán afectadas por el vencimiento de sus contratos de alquiler entre 2026 y 2027, según los datos desagregados por un equipo técnico de la Secretaría General de Consumo, que ha empleado como fuente el Panel de Hogares desarrollado por la Agencia Tributaria en colaboración con el INE y el Instituto de Estudios Fiscales.
Madrid y Cataluña concentran más del 40 % de los afectados, mientras que el nuevo real decreto de vivienda, en vigor desde el pasado fin de semana, introduce medidas de prórroga y limitación de rentas.
Madrid lidera la lista de comunidades autónomas con mayor número de personas afectadas, con 623.142 ciudadanos cuyos contratos de alquiler finalizan en 2026 y 2027 (404.090 en 2026 y 219.052 en 2027). Cataluña ocupa el segundo lugar con 474.814 afectados (300.984 en 2026 y 173.830 en 2027). Ambas comunidades suman 1.097.956 personas, más del 40% del total nacional, sin contar los datos del País Vasco y Navarra, que no figuran en el Panel de Hogares de la Agencia Tributaria debido a su régimen foral.
El impacto del vencimiento de contratos también es significativo en Andalucía, con 360.040 personas afectadas, seguida de Canarias (268.053), Castilla y León (145.430) y Baleares (112.484). Por debajo de las 100.000 personas se encuentran Aragón (96.236), Castilla-La Mancha (87.648), Murcia (77.212), Asturias (46.375), Extremadura (37.707) y Cantabria (28.431). El menor impacto se registra en Ceuta y Melilla, con 6.306 y 7.417 personas respectivamente.
En cuanto al número de contratos de alquiler que finalizan en este periodo, la cifra asciende a 1.037.603 en toda España. Madrid encabeza el listado con 224.961 contratos, seguida de Cataluña con 177.833 y Andalucía con 144.016.
El nuevo real decreto de vivienda, que entró en vigor el pasado fin de semana, establece la posibilidad de prorrogar durante dos años los contratos de arrendamiento de vivienda habitual cuya finalización esté prevista antes del 31 de diciembre de 2027. De este modo, todos los contratos que finalicen entre el 22 de marzo de 2024 y el 31 de diciembre de 2027 podrán acogerse a esta prórroga extraordinaria.
La normativa también introduce una limitación extraordinaria de la actualización anual de la renta del 2 %. En el caso de que el arrendador no sea considerado «gran tenedor», la actualización deberá realizarse mediante acuerdo entre las partes.
Los datos presentados no incluyen la información relativa al País Vasco y Navarra, ya que estas comunidades autónomas cuentan con un régimen foral propio y sus datos no figuran en el Panel de Hogares de la Agencia Tributaria.
El análisis de la Secretaría General de Consumo, basado en fuentes oficiales, pone de manifiesto el alcance de la medida y la magnitud del colectivo afectado por el vencimiento de los contratos de alquiler en los próximos años.
