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viernes, 22 noviembre
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Unanimidad en la toma en consideración de la modificación de la Ley Electoral de C-LM sobre el voto rogado

Para la regulación del ejercicio del voto por los españoles que viven en el extranjero, que supone eliminar el requisito de que los españoles residentes en el extranjero tengan que solicitar o rogar el voto

Las Cortes de Castilla-La Mancha han aprobado por unanimidad la Proposición de Ley de modificación de la Ley Electoral de Castilla-La Mancha, presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, a fin de adaptar uno de sus artículos a la Ley Orgánica del Régimen Electoral General (LOREG) en lo que se refiere a la regulación del voto rogado de los españoles que residen en el extranjero.

Ha sido en el pleno de este jueves, que arrancaba con el informe de la Mesa de las Cortes sobre la liquidación del Presupuesto de la Cámara de 2021, donde los diputados castellanomanchegos han votado por unanimidad tanto la toma en consideración de dicha Proposición de Ley, como su tramitación por lectura única y su votación final.

El texto presentado por el PSOE se remite a la reforma de la Ley Orgánica 12/2022, de 30 de septiembre, del Régimen Electoral General, para la regulación del ejercicio del voto por los españoles que viven en el extranjero, que supone eliminar el requisito de que los españoles residentes en el extranjero tengan que solicitar o rogar el voto, lo que permitirá que todos reciban la documentación de oficio en su domicilio.

Con esta reforma, entre otras cuestiones, se amplía el plazo para la apertura de los votos emitidos desde el extranjero de tres a cinco días, lo que supone una modificación en los mismos términos del artículo 103 de la LOREG que prevé el intervalo para el escrutinio general.

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La redacción actual del artículo 41 de la Ley Electoral de Castilla-La Mancha recoge que el escrutinio general se realiza el tercer día siguiente a la votación y deberá concluir no más tarde del sexto día posterior a las elecciones.

Por tanto, el PSOE «considera necesaria» la modificación de la Ley Electoral de Castilla-La Mancha para adaptarla al contenido de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General tras su reforma el pasado 30 de septiembre.

En concreto, los socialistas demandan la modificación de un único artículo de la norma castellanomanchega, el 41, que a partir de ahora especifica que «el escrutinio general se regirá por lo dispuesto en la Ley Orgánica del Régimen Electoral General».

LIQUIDACIÓN DEL PRESUPUESTO

Previamente a este punto, se ha visto el informe de la Mesa de las Cortes sobre la liquidación del Presupuesto de la Cámara de 2021, que, según recoge dicho texto, las Cortes de Castilla-La Mancha al final del ejercicio 2021 gozaban de una situación de estabilidad, de capacidad de financiación, pues su saldo presupuestario, en términos de contabilidad nacional, se cerró con un superávit de 863.082,36 euros.

El remanente de tesorería asciende a cuatro millones setecientos setenta y siete mil veinte con noventa y ocho céntimos, de los que 3.770.291,15 euros habrán de destinarse a financiar la incorporación de remanentes de crédito, y el resto, que asciende a 1.006.729,83 euros, podrá destinarse a financiar gastos generales, previo el correspondiente expediente de modificación de créditos, según el tipo de ellos que vaya a utilizarse, de acuerdo con lo que se establezca en las Bases de Ejecución del Presupuesto para 2022.

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