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lunes, 23 diciembre
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La Junta amplía el plazo de ejecución de las obras para la rehabilitación de viviendas unifamiliares

La Dirección General de Vivienda explica que se trata de una ampliación de plazo que no genera incremento presupuestario

La Dirección General de Vivienda ha modificado una resolución de la Dirección General de Vivienda y Urbanismo por la que se convocan ayudas reguladas de la Consejería de Fomento para la rehabilitación de viviendas unifamiliares y viviendas ubicadas en edificios de tipología residencial colectiva, y ha dictado que las obras de rehabilitación objeto de la subvención deberán estar finalizadas antes del 1 de octubre de 2022.

Estas ayudas están contempladas en el Programa de fomento de la mejora de la eficiencia energética y sostenibilidad de viviendas y en el Programa de fomento de la conservación de la mejora de la seguridad de utilización y de la accesibilidad en viviendas.

Igualmente, con fecha 12 de diciembre de 2020, el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana dictó un Real Decreto que modifica el Real Decreto 106/2018, de 9 de marzo, por el que se regula el Plan Estatal de Vivienda 2018-2021 con el objeto de facilitar y flexibilizar en lo posible la gestión del Plan Estatal de Vivienda 2018-2021 y para optimizar los recursos disponibles e incrementar la eficiencia de estas ayudas, tan necesarias para la ciudadanía, especialmente para los más vulnerables.

Así, este real decreto modifica su disposición adicional segunda con objeto de ampliar el plazo general para la concesión de las ayudas hasta el 31 de diciembre de 2022, manteniendo las excepciones ya reguladas en la propia disposición y condicionándolo a que, en todo caso, la concesión de las ayudas se realice con cargo a los fondos transferidos por el ministerio en el ejercicio 2021 o anteriores.

«Consecuentemente, y con el mismo objetivo de facilitar y flexibilizar la consecución del objetivo final, cual es la rehabilitación de viviendas, procede ampliar el plazo de ejecución de las obras que quedará fijado en el 1 de octubre de 2022», ha alegado el departamento que dirige Inés Sandoval.

La Dirección General de Vivienda explica que se trata de una ampliación de plazo que no genera incremento presupuestario y que posibilita, que las obras para la rehabilitación de viviendas puedan ejecutarse sin que los obstáculos que puedan sobrevenir en la gestión de éstas desvirtúen el objetivo final de que las ayudas lleguen a los ciudadanos.

Contra la presente resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante la persona titular de la Consejería de Fomento, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha, de conformidad con lo estipulado en los artículos 121 y 122 de la Ley del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

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