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Los grupos parlamentarios podrán enmendar las leyes de Evaluación Ambiental y Economía Circular hasta el 26 de este mes

El objeto de esta ley es establecer la regulación de la evaluación ambiental de los planes, programas y proyectos que puedan tener efectos significativos sobre el medio ambiente

El Boletín Oficial de las Cortes de Castilla-La Mancha ha publicado la admisión por parte de la Mesa de los Proyectos de Ley impulsados por el Gobierno regional de Evaluación Ambiental y de Economía Circular, trámite en virtud del cual queda abierto el plazo de presentación de enmiendas por parte de los grupos parlamentarios, periodo que concluirá el próximo 26 de septiembre.

El objeto de esta ley es establecer la regulación de la evaluación ambiental de los planes, programas y proyectos que puedan tener efectos significativos sobre el medio ambiente, garantizando en todo el territorio de Castilla-La Mancha un elevado nivel de protección ambiental, con el fin de promover un desarrollo sostenible.

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Cabe destacar que en algunos aspectos se introduce un mayor grado de protección del medio ambiente, como ocurre al extender a más categorías de proyectos la obligatoriedad de seguir los procedimientos de evaluación de impacto ambiental.

Teniendo en cuenta tanto el objetivo de la norma como el reparto de competencias en materia de protección del medio ambiente entre las Administraciones estatal y autonómica, en el diseño de la norma ha primado la necesidad de prestar un adecuado servicio al amplio abanico de usuarios de los diferentes procedimientos.

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El conjunto de los promotores públicos y privados, personas físicas y jurídicas que deben seguir los procedimientos de evaluación ambiental estratégica o de evaluación de impacto ambiental para impulsar sus actuaciones son los funcionarios y personal dependiente de las distintas administraciones que operan como órganos sustantivos de los distintos planes, programas y proyectos sujetos a evaluación ambiental, en los que recae gran parte de su tramitación, destacando entre ellos la totalidad de los Ayuntamientos de Castilla-La Mancha.

También el personal técnico y administrativo de los servicios centrales y provinciales del órgano ambiental autonómico, como responsables de la coordinación de los procedimientos; y las entidades participantes en los procedimientos de evaluación por ser objeto de las consultas, tanto como Administraciones públicas afectadas en sus competencias, como por ser organizaciones sin ánimo de lucro destinadas a la salvaguarda del medio ambiente, e incluso aquellos organismos o instituciones académicas o científicas cuyo análisis resulte relevante a los efectos de la evaluación ambiental.

Por todos estos motivos se ha optado por elaborar un único texto normativo que facilite a todos sus usuarios una claridad que hasta la fecha no existe, al necesitar acudir a las dos leyes vigentes para conocer, determinar y llevar a cabo la evaluación que corresponde según qué tipo de plan, programa o proyecto se quiera ejecutar.

En consecuencia, el texto de la ley supone en ocasiones una transcripción de la norma básica estatal, pero siempre manteniendo el respeto a la misma y al ejercicio estatal de su competencia exclusiva, todo ello con el único fin de lograr la máxima claridad y comprensión por parte de sus destinatarios.

LEY DE ECONOMÍA CIRCULAR

En cuanto a la ley de Economía Circular, según su exposición de motivos, nace con el objetivo principal de conseguir el máximo valor y uso de todos los recursos, productos y residuos, fomentando la gestión racional y sostenible de los recursos, promoviendo la reducción de la generación de residuos, su reciclaje, reutilización y valorización, el ahorro energético y reduciendo las emisiones de gases contaminantes y de efecto invernadero.

Para ello, es imprescindible abarcar la totalidad del ciclo de vida, desde la producción hasta el consumo, pasando por la gestión de residuos y el mercado de materias primas secundarias.

También es un factor clave el comportamiento de las personas consumidoras, dentro de la cual se debe fomentar un consumo consciente por las implicaciones que tienen las decisiones diarias.

Asimismo, una labor fundamental es la de la Administración a través de los mecanismos de gestión e intervención sobre los diversos ámbitos de sus competencias y el papel ejemplarizante que ejerce.

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Es decir, conseguir «cerrar el círculo», actuar sobre productos y servicios desde su concepción, empezando desde su propio diseño, el uso que se hace de los recursos, su transporte y comercialización o puesta en marcha, y fomentando el reciclado y reutilización al final del proceso.

De esta manera, se generarán beneficios económicos y ambientales para el conjunto de la sociedad castellanomanchega.

El proceso hacia una economía circular debe abarcar cambios en los sistemas de producción consumo que afectan al medio ambiente.

Por tanto, este cambio afectará a los mecanismos de financiación, a las decisiones de las personas consumidoras, y debe disponer de mecanismos de intervención, a través de la política de gestión administrativa, tributaria, y las políticas de fomento de la innovación social y económica.

ABARCA TODO EL CICLO DE VIDA DE UN PRODUCTO

Por ello, el ámbito de aplicación de esta Ley abarca todas las fases del ciclo de vida de un bien, producto o servicio, ya que no sólo se refiere a la gestión y reciclaje de residuos, sino que implica la gestión racional de todos los recursos que son necesarios para su producción y distribución.

Entre éstos destacan los recursos materiales y energéticos, el agua y el uso del suelo, tanto en el ámbito de la producción, distribución y consumo como en la gestión de residuos, en el mercado de materias primas secundarias y, asimismo, en los aspectos de innovación e inversión.

Para facilitar la transición hacia una economía circular, primando la reducción de insumos materiales, energéticos y emisiones, el aumento del reciclado y la valorización en la gestión de los residuos, reduciendo lo máximo posible el vertido, se establecerán elementos incentivadores de orden económico que vayan modificando y consolidando actitudes que favorezcan la economía circular.

Así, por un lado se incentivará la implantación y la permanencia en territorio regional de empresas y actividades empresariales cuyo objeto se encuadre en el ámbito de la economía circular mediante la adecuada baremación en las subvenciones o ayudas públicas y mediante la contratación del sector público regional.

Y, por otro, se introduce la obligación de establecer un tributo que grave el depósito de residuos en vertedero que deriven en una desincentivación de la eliminación de residuos y el uso de vertederos frente a su reciclado y valorización promoviéndose la reinversión de su recaudación en mejorar la gestión de los residuos y en llevar a cabo actuaciones contempladas en el Plan Integrado de Gestión de Residuos de Castilla-La Mancha.

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