La Consejería de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural ha publicado la orden por la que se fijan los períodos hábiles de caza y las vedas aplicables con carácter general a todo el territorio de Castilla-La Mancha para la temporada cinegética 2019-2020.
Según publica este jueves el Diario Oficial de Castilla-La Mancha, el proceso de tramitación de la orden se ha tomado en consideración la fenología y población de las aves declaradas cinegéticas en Castilla-La Mancha con el fin de determinar su estatus en la región y la idoneidad de incluirlas como especies cinegéticas para la presente temporada de caza.
De acuerdo con los informes recopilados sobre fenología de la perdiz roja, los periodos hábiles para la modalidad de perdiz con reclamo se autorizan en función de si el municipio está en comarcas situadas por encima o por debajo de los 800 metros de altitud con el fin de no interferir con su periodo reproductor.
Para la especie cinegética becada se restringen los días hábiles de caza a martes, jueves, sábados, domingos y festivos para favorecer la supervivencia invernal de la especie.
Como medida biosanitaria, de control de daños a la agricultura y a las especies silvestres y medida preventiva de accidentes de tráfico, es necesario reducir las poblaciones de jabalí, aumentando el periodo hábil de caza en los meses de junio, julio, agosto, septiembre y principios del mes de octubre, mediante la modalidad de esperas o aguardos.
También establece el texto de la orden las especies exóticas invasoras objeto de control de poblaciones en Castilla-La Mancha, que son el arruí (Ammotragus lervia) y los animales asilvestrados en el medio natural tal como vienen definidos en el Real Decreto 630/2013, de 2 de agosto.