El próximo 22 de diciembre de 2024 se celebrará el sorteo extraordinario de Navidad. Como ya sabéis, este evento es uno de los más esperados de nuestro calendario, cargado de ilusión y esperanza para millones de participantes.
Lo habitual en esta asentada tradición es compartir los décimos entre amigos, familiares o compañeros de trabajo. Pues bien, hasta aquí todo perfecto, pero ahora es el momento en el que entra en escena la posibilidad de que ese décimo compartido sea premiado. Es aquí donde nos abordan numerosas dudas al respecto, tales como: ¿Qué sucede si la persona con la que decidí compartir el décimo lo cobra y no me entrega mi parte? ¿Puedo acudir a los tribunales a reclamar el dinero? ¿Cómo demuestro que el décimo era compartido? ¿Cuánto dinero se queda Hacienda? Estas y otras dudas son las que, a priori, nos vienen a la cabeza.
Adoptando una conducta cautelosa, paso a daros unos consejos legales si vuestra decisión ha sido compartir un décimo con una o varias personas. Recordad: “La clave es siempre anticiparse a los problemas”.
Antes de entrar en los consejos legales, es importante señalar que en España los décimos de lotería son considerados títulos al portador, lo que significa que quien posee físicamente el décimo es el propietario legítimo del mismo, salvo que se pueda demostrar lo contrario.
Consejos legales:
- Deja constancia por escrito.
Aunque muchas veces los acuerdos se hacen de palabra, lo más seguro es documentarlos. Escribid vuestros nombres y los DNI, además de vuestra firma. Podéis hacerlo de forma informal con un mensaje de WhatsApp, correo electrónico o incluso una nota firmada por todos los participantes. Eso sí, aseguraos de incluir:- El número del décimo.
- El importe aportado por cada persona.
- El porcentaje del premio que corresponde a cada uno.
- Haz una foto del décimo.
Si el décimo está en poder de una persona, tomad una foto del décimo y compartidla con todos los participantes. Esto servirá como prueba de que el décimo existe y de que está relacionado con quienes lo comparten. - Usa aplicaciones o plataformas para compartir lotería.
Existen herramientas digitales diseñadas específicamente para gestionar décimos compartidos. Estas aplicaciones permiten registrar los datos de los participantes, los porcentajes y hasta generar contratos electrónicos. - Confirma los pagos antes del sorteo.
Es fundamental que cada participante entregue su parte antes de que se celebre el sorteo. En caso de que alguien no haya pagado, esa persona no tendría derecho sobre el premio, a menos que exista un acuerdo previo claro e inequívoco que indique lo contrario. - Identifica al poseedor del décimo (el custodio).
Es importante designar quién será el depositario del décimo. Si el décimo resulta premiado, alguien deberá encargarse de gestionar el cobro. Designad a un representante y dejad claro que actuará en nombre de todos. Además, aseguraos de que todos estéis de acuerdo sobre cómo se distribuirá el premio.
Una vez redactados estos consejos legales, es hora de dar respuesta a cómo tributa en España un premio de lotería, especialmente cuando es compartido. Cuando el premio es compartido, cada participante debe declarar su parte por separado. La Agencia Tributaria aplicará un gravamen del 20 % sobre la cantidad que exceda los 40.000 euros por décimo. Sin embargo, este impuesto se reparte proporcionalmente entre los ganadores. Es importante que, al cobrar el premio, todos los nombres estén acreditados y contemplados para justificar la distribución del premio.
Espero que este artículo y estos consejos os hayan servido de ayuda. Y, cómo no, os deseo una Feliz Navidad, un próspero Año Nuevo y mucha suerte en el sorteo de la lotería.
¡Feliz Navidad, Tomelloso!
Jorge Muñoz Abad
Abogado, colegiado 9030. Ilustre Colegio de Abogados de Alicante.