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lunes, 18 noviembre
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Las medidas restrictivas en centros sociales de C-LM se mantendrán hasta el 8 de septiembre

La ocupación del 100% de las plazas se mantendrá en la medida que sea posible respetar las condiciones de seguridad, autoprotección y distanciamiento social

Las medidas establecidas hasta la fecha en centros, servicios y establecimientos de servicios sociales en Castilla-La Mancha para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19 tendrán vigencia hasta el 8 de septiembre de 2021.

La ocupación del 100% de las plazas se mantendrá en la medida que sea posible respetar las condiciones de seguridad, autoprotección y distanciamiento social. Cuando no sea posible realizar todas las actividades, motivado por la reorganización de los espacios, tendrán preferencia las de carácter individual, de naturaleza rehabilitadora y de mejora de habilidades adaptativas o funcionales.

La permanencia de personas en espacios al aire libre en estos centros deberá garantizar igualmente la distancia de seguridad interpersonal de metro y medio, y extremar la limpieza y desinfección de los espacios. Todos los centros incluidos en este apartado deberán realizar su Plan de Contingencia para adecuar su situación a las actividades que desarrollen.

En cuanto a las actividades en centros sociales, se llevarán a cabo las actividades grupales preferentemente en el exterior. Cuando sean en el interior del centro, se deberán garantizar las medidas de higiene y prevención.

Respecto al uso de los espacios de las cafeterías, tendrán uso preferente las personas asociadas del centro y quedarán sujetos a lo establecido en el plan de contingencia y, en cualquier caso, deberá respetar los aforos establecidos, garantizando una correcta higiene, ventilación, uso de gel hidroalcohólico y de mascarillas.

En las visitas a las residencias de personas mayores deberá extremarse el cumplimiento de las medidas de prevención e higiene frente a la COVID-19 indicadas por las autoridades sanitarias, antes y durante el desarrollo de las visitas.

Así, tanto la persona que acuda a la visita como la persona residente no han de presentar cuadro clínico compatible con la infección por coronavirus y las visitas se concertarán mediante sistema de cita previa, en función de la capacidad organizativa del centro, sin limitación de tiempo. Además, las visitas deberán realizarse preferentemente en espacio exterior y, si no fuera posible, se habilitará un espacio específico.

En caso de tratarse de una visita por una situación de acompañamiento en los momentos finales de la vida, podrán asistir a la visita el número de personas que autorice el centro atendiendo al caso concreto.

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En las viviendas supervisadas, las viviendas de mayores, las viviendas para personas con discapacidad, Centro de Atención a personas con Discapacidad Grave, personas con Trastorno Mental Grave y otros centros, se mantendrá el régimen regular de visitas teniendo en cuenta todas las medidas preventivas.

Respecto a las salidas en las residencias de personas mayores, las personas residentes independientes tienen permitidas las salidas en condiciones ordinarias y se permitirán siempre que la persona residente no presente clínica sospecha por COVID-19. En el caso de salidas más prolongadas en el tiempo, se deberán extremar las medidas de higiene y seguridad en el domicilio en el que vayan a residir.

Además, en los centros de personas con discapacidad, menores, centros de Atención a personas con Discapacidad Grave o viviendas de mayores, se permitirán las salidas en las condiciones ordinarias.

En los nuevos ingresos y traslados a las residencias de personas mayores y centros de Atención a personas con Discapacidad Grave, deberán contar con un test PCR negativo realizado como máximo 72 horas antes del ingreso, en el hospital o en el Centro de Atención Primaria correspondiente. Si la persona residente no está vacunada, se gestionará desde el centro la vacunación y se extremarán las medidas de precaución.

Finalmente, las nuevas incorporaciones de personas trabajadoras dispondrán de aquellas pruebas diagnósticas que en cada momento establezca la autoridad sanitaria, realizado por el servicio de prevención de riesgos correspondiente. Si la nueva persona trabajadora no está vacunada, se gestionará desde el centro la pronta vacunación.

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