El Proyecto de Ley del Tercer Sector de Castilla-La Mancha prevé introducir en los planes de estudio de las diferentes etapas educativas distintos contenidos y referencias a este ámbito a fin de que sea valorado de forma justa como vía de participación de la ciudadanía y de los grupos en los que se integra la sociedad civil.
Concretamente, en el plazo de doce meses desde la aprobación del texto, el Consejo de Gobierno deberá aprobar el procedimiento concreto para el desarrollo de este reconocimiento.
La nueva ley, que consta de 13 artículos, contiene cuatro capítulos, cinco disposiciones adicionales y tres disposiciones finales, tiene como objetivo definir el tercer sector social de Castilla-La Mancha, identificar el conjunto de entidades que lo integran e impulsar la cooperación y colaboración de las entidades entre sí y con el sector público.
La futura norma prevé la creación de un inventario de las entidades del tercer sector que tengan implantación y actividad en Castilla-La Mancha, llevándose a cabo la inscripción en el mismo previa solicitud de las entidades. El inventario tendrá carácter público, será accesible por medios electrónicos y servirá para elaborar información a efectos estadísticos.
OBLIGACIONES
Entre las obligaciones del tercer sector, el texto incluye la actuación respetuosa con el medio ambiente, actuar de modo que se observe el principio de igualdad de trato entre hombres y mujeres; emplear procedimientos participativos en la toma de decisiones; garantizar unas condiciones dignas al personal contratado remunerado; fomentar la contratación e integración de personas con discapacidad y en riesgo o situación de exclusión social y ser transparentes y rendir cuentas interna y externamente.
El Proyecto de Ley recoge la creación de una Comisión para el Diálogo Civil con la Mesa del Tercer Sector y el Gobierno autonómico, que tendrán una representación equilibrada de hombres y mujeres, cuyo objetivo principal será el de impulsar un foro de diálogo, colaboración y cooperación permanente para coordinar acciones a favor de los derechos sociales, la inclusión social y la lucha contra las situaciones de exclusión y pobreza.
Esta Comisión, su composición y funciones, así como su organización y funcionamiento, deberá aprobarse también en el plazo de doce meses de la aprobación por parte del Consejo de Gobierno.
De otro lado, el texto prevé que la Consejería competente publique un informe anual sobre la colaboración con el tercer sector sobre las actividades llevadas a cabo.