El Consejo de Ministros ha aprobado este martes, a propuesta del Ministerio del Interior, el real decreto de convocatoria de las próximas elecciones europeas, que se celebrarán el domingo 9 de junio de 2024 para elegir a 61 miembros españoles de los 720 que formarán el Parlamento Europeo en la próxima legislatura, que se extenderá hasta 2029.
La convocatoria entrará en vigor el próximo 16 de abril, día de su publicación en el Boletín Oficial del Estado, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 42.2 de la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General.
Es esa fecha la que determina el desarrollo de la campaña electoral, que tendrá una duración de quince días: comenzará a las 00:00 horas del 24 de mayo y finalizará a las 24:00 horas del 7 de junio.
En los próximos días, el Parlamento Europeo comunicará en qué momento podrá difundirse la información provisional sobre el resultado de la elección, que no podrá ser ofrecida hasta que se hayan cerrado las urnas en el Estado miembro cuyos electores sean los últimos en votar el domingo 9 de junio de 2024.
La normativa europea que regula las elecciones al Parlamento Europeo establece que el procedimiento electoral se regirá en cada Estado miembro por sus disposiciones nacionales. En España, este procedimiento es el fijado en la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General, así como por las normas reglamentarias reguladoras de los procesos electorales.