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viernes, 27 diciembre
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Ganaderos de C-LM pueden pedir desde este martes ayudas para repoblar sus explotaciones en caso de vaciado sanitario

La Dirección General de Ordenación Agropecuaria ha convocado, en régimen de concurrencia competitiva para el año 2024, las ayudas para la repoblación en explotaciones de ganado bovino, ovino y caprino en caso de vaciado sanitario en aplicación de programas sanitarios oficiales de enfermedades de los rumiantes, como la tuberculosis bovina, brucelosis bovina, brucelosis ovina y caprina, lengua azul y encefalopatías espongiformes transmisibles. El plazo de presentación de solicitudes se extenderá desde este martes, 5 de marzo, hasta el 15 de marzo.

Así consta en la resolución de dicha Dirección General, que publica este martes el Diario Oficial de Castilla-La Mancha, en la que se indica que serán beneficiarias las personas físicas o jurídicas, agrupaciones de estas o comunidades de bienes o patrimonios separados, que sean titulares de las explotaciones de ganado bovino, ovino o caprino ubicadas con carácter fijo en el territorio de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha y sobre las que la Consejería competente en materia de sanidad animal hubiera aprobado la realización de un vaciado sanitario con motivo de la presencia de una de las enfermedades, que implique el sacrificio obligatorio de todos los animales de, al menos una especie, de la explotación ganadera, respetando en todo momento los periodos de cuarentena legalmente establecidos.

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El crédito para la presente convocatoria asciende a la cuantía 360.000 euros de los Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, quedando condicionada a la existencia de crédito adecuado y suficiente en dicha anualidad.

La cuantía máxima de la ayuda será la resultante de restar al coste total de adquisición o arrendamiento con opción de compra de los animales, las cuantías percibidas en concepto de indemnizaciones por el sacrificio obligatorio de los animales, el valor percibido en el matadero o industria cárnica por los mismos, y el del correspondiente seguro en caso de cubrir la póliza el mismo objeto y finalidad que el de las ayudas reguladas en esta resolución.

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