La Sección Primera de la Audiencia Provincial de Ciudad Real juzgará el próximo miércoles, 8 de noviembre, a I.R.M.A, acusado de un delito de abuso sexual continuado a B., una mujer con discapacidad psíquica del 65 por ciento.
En este contexto laboral, el 3 de diciembre de 2017 entró a trabajar al centro como trabajador para cubrir una sustitución en limpieza, el procesado I.R.M.A, que desempeñó el puesto de monitor de lavandería.
De esta forma, el acusado conoció a B. iniciando una relación cordial que cada vez iba a más, de modo que, tras ganarse la confianza de la misma y aprovechando esa minusvalía que padecía, comenzaron a mantener relaciones sexuales consentidas por vía vaginal, anal y bucal.
El acusado aprovechaba los turnos de descanso y tiempo libre de los que disponían los trabajadores del centro para ir con la denunciante a diferentes estancias del mismo para abusar de ella, teniendo con la misma un sinfín de relaciones sexuales completas, sin poder precisar su espacio temporal pero situándolo con mayor frecuencia durante el verano de 2018.
El 8 de octubre de 2018 una trabajadora del centro, C., sorprendió a la denunciante «despeinada, alterada y nerviosa, saliendo apresurada de la lavandería y a escasos metros se encontraba el acusado subiéndose rápidamente sus pantalones». Así las cosas, ese mismo día C. dio cuenta de lo acontecido a la dirección del centro.
Dos días más tarde, la directora D. se entrevistó con la denunciante, quien mostró preocupación por todo lo acontecido y con el acusado, que le cuestionó si la víctima había señalado que estaba «liada» con él. A continuación, el acusado se despidió del centro firmando la bajavoluntaria, entregando las llaves.
El 19 de octubre de 2018 desde la dirección del centro se interpuso denuncia ante el Puesto de la Guardia Civil, por lo que se estableció, tras auto judicial, la prohibición de aproximación al acusado a menos de 500 metros y de comunicarse por cualquier medio directo o indirecto con la denunciante B.
Por todo lo acontecido, la Fiscalía pide para el acusado la pena de 9 años y 3 meses de prisión, la prohibición de aproximación a menos de 500 metros y de comunicación directa e indirecta de cualquier forma con B. durante 15 años.
Además, el acusado indemnizará a la denunciante en la cantidad de 30.000 euros en concepto de daño moral y tendrá que someterse a programas formativos de educación sexual durante 10 años.