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lunes, 23 diciembre
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¿Cuándo puedo cobrar mi premio del Sorteo de Navidad?

Si el premio es de un importe igual o superior a 2.000 euros se cobrará en las entidades financieras autorizadas

Los premios del sorteo de la Lotería de Navidad, inferiores a 2.000 euros por cada décimo o resguardo, se podrán cobrar exclusivamente en uno de los 10.600 puntos de venta de la red comercial de Loterías, a partir de la tarde de este 22 de diciembre. En este caso, el premio puede cobrarse en metálico o a través del sistema Bizum.

Si el premio es de un importe igual o superior a 2.000 euros se cobrará en las entidades financieras autorizadas cuya lista se encuentra disponible en los puntos de venta de Loterías y en la página web oficial (‘www.loteriasyapuestas.es‘).

En el caso de décimos adquiridos en el canal online oficial de Loterías, los premios mayores se abonan mediante transferencia bancaria a la cuenta bancaria comunicada por el jugador en su cuenta de juego tras el sorteo. Los premios menores serán abonados directamente en la cuenta de juego, siempre que esta no exceda de los límites establecidos, en cuyo caso el procedimiento será el mismo que con los premios mayores.

Todos los premios del sorteo de Navidad se podrán cobrar hasta el 22 de marzo de 2023, pues el derecho al cobro de los premios de Lotería de Navidad caduca a los tres meses, contados a partir del día siguiente al de la celebración del sorteo.

Es imprescindible presentar el décimo o resguardo agraciado para poder cobrar el premio a partir de la tarde del 22 de diciembre, una vez finalizadas la verificaciones de los números extraídos y de los procesos informáticos.

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