El Diario Oficial de Castilla-La Mancha publica este lunes la Ley de Aguas de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, aprobada el pasado 18 de febrero en las Cortes regionales, que entrará en vigor en 20 días. No obstante, los artículos referidos al canon medioambiental de la Directiva Marco del Agua o canon DMA entrarán en vigor a los seis meses, salvo los supuestos de pérdidas en las redes de abastecimiento previstos que entrarán en vigor a los cuatro años de la entrada en vigor de esta ley.
Para lograr este triple objetivo -cantidad, calidad y sostenibilidad- «es necesario disponer de infraestructuras eficaces y eficientes».
«El esfuerzo inversor realizado por la Comunidad Autónoma y el resto de administraciones requiere de continuidad, con una doble finalidad: conservar y mejorar lo realizado hasta ahora y extender las infraestructuras del ciclo integral del agua al conjunto de la región. De ahí la necesidad de disponer de un sistema tributario que permita a los usuarios de los servicios de abastecimiento y depuración contribuir a su construcción y mantenimiento», reza el texto.
La norma consta de 118 artículos, divididos en ocho títulos -uno preliminar y siete numerados-, con tres disposiciones adicionales, cinco transitorias, una disposición derogatoria, y cinco disposiciones finales.
CANON DMA
Mediante la presente ley se crea el canon medioambiental de la Directiva Marco del Agua o canon DMA, como tributo propio de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha con naturaleza de impuesto de carácter real e indirecto y de finalidad extrafiscal afectado al destino que se indica en el apartado siguiente.
Este canon grava el uso y consumo del agua en el territorio de la Comunidad Autónoma, a causa de la afección al medio que su utilización produce.
La recaudación que se obtenga con el canon DMA, deducidos los costes de gestión de este canon, queda afectada a la ejecución de inversiones en infraestructuras del ciclo integral del agua en la región y a la mejora de los ecosistemas acuáticos.
Con ello se pretende la consecución de los objetivos medioambientales fijados por la legislación y la planificación hidrológica de aplicación; la adecuada dotación de agua, en cantidad y calidad, a los municipios de la región y el apoyo a las Administraciones que dentro de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha ejerzan competencias en el ámbito del ciclo urbano del agua.
Entre sus objetivos también se encuentra en de la restauración de los impactos ambientales causados en las distintas fases del ciclo del agua, con el fin de alcanzar el buen estado ecológico de los recursos hídricos en Castilla-La Mancha.