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Sescam estará obligada a pagar guardias médicas en periodo de IT por embarazo y estudiará su alcance

A partir de esta resolución los tribunales deberán pronunciarse necesariamente en este sentido siempre que la Incapacidad Temporal esté relacionada con el embarazo

El Servicio de Salud de Castilla-La Mancha (Sescam) acatará la sentencia del Tribunal Supremo que fija como doctrina el abono de la parte proporcional de guardias en el ámbito sanitario en los periodos de Incapacidad Temporal por embarazo, tras el caso de una facultativa que denunció este extremo.

Así lo ha confirmado la directora gerente del Servicio de Salud de Castilla-La Mancha (Sescam), Regina Leal, que ha remarcado que desde la Administración sanitaria acatarán la sentencia y estudiarán si la aplicación es a un caso concreto o puede extenderse a un escenario más generalizado.

De ahí, que su exclusión durante el periodo de adaptación del puesto de trabajo por situación de riesgo derivado del embarazo menoscabe un componente ordinario y estable en la retribución, y lo hace «por una razón última, el embarazo, que tan sólo puede vincularse al sexo femenino».

Por consiguiente, la doctrina de interés casacional que ha de fijar el Tribunal Supremo es que durante los periodos de adecuación del puesto de trabajo del personal estatutario de los servicios de salud, por situación de riesgo derivado del embarazo de la trabajadora, que conlleven la no realización de jornada complementaria por atención continuada –guardias– se mantiene el derecho de la trabajadora a la percepción del complemento por atención continuada.

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Este complemento deberá ser proporcional al que venía percibiendo antes de la adaptación del puesto de trabajo y mantenerse durante todo el periodo que se prolongue esta medida de adaptación por riesgo derivado de la situación de embarazo.

UNA SENTENCIA MUY ESPERADA

La Central Sindical Independiente y de Funcionarios (CSIF) se ha congratulado de lograr «una sentencia pionera» en Castilla-La Mancha que fija doctrina del Tribunal Supremo en los recursos planteados por el Sescam, obligando al abono del promedio de guardias en el período de Incapacidad Temporal durante el embarazo.

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La sentencia, dictada por el Tribunal Supremo con fecha 14 de julio, y posterior comunicación al sindicato, «viene a consolidar de forma definitiva su postura, fijando la doctrina por la que, a partir de este pronunciamiento, han de regirse los tribunales».

Dicha sentencia era muy esperada, según informa CSIF en nota de prensa, «ya que existían numerosos procedimientos que se encontraban paralizados a la espera de resolución».

A partir de esta resolución, que obliga al Sescam a pagar a una facultativa la parte proporcional de guardias en los periodos de Incapacidad Temporal, los tribunales deberán pronunciarse necesariamente en este sentido siempre que la Incapacidad Temporal esté relacionada con el embarazo, remarca el sindicato.

El sindicato CSIF es pionero en la obtención de numerosas sentencias de trabajadoras durante el embarazo, tanto en Incapacidad Temporal común, adaptación de puesto y embarazo de riesgo.

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