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lunes, 23 diciembre
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El Tribunal Superior de Justicia impide que la Confederación Hidrográfica del Guadiana silencie a las Comunidades de Masa

Una reciente estimación parcial del Recurso presentado por la Comunidad de Usuarios de la Masa Mancha Occidental II al Régimen de Extracciones 2020 da la razón a los regantes

La Comunidad de Usuarios de Aguas Subterráneas (CUAS) de la Masa Mancha Occidental II ha conseguido una sentencia de gran
relevancia, ya que, tras el recurso contencioso administrativo interpuesto al Régimen de Extracciones de la Confederación Hidrográfica del Guadiana para el año 2020, el Tribunal Superior de Justicia de Extremadura ha fallado la anulación de la prohibición de la CHG (dependiente del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico) sobre la acumulación anual de recursos hídricos. Esta sentencia supone la estimación parcial del recurso contencioso-administrativo interpuesto por CUAS Mancha Occidental II al Régimen de Extracciones de agua para 2020.

Según detallan desde los servicios jurídicos de Mancha Occidental II (Cobo Serrano Abogados), “este fallo abre la posibilidad de que todos los usuarios que fueron sancionados por incumplir sus resoluciones, acumulando dotaciones y que tengan recurridas sus denuncias y en trámite, puedan hacer valer esta sentencia y defender la anulación de las sanciones impuestas para dejarlas sin efecto”.

Desde Mancha Occidental II defienden que la concentración en uno o varios aprovechamientos de agua persiguen una explotación racional de los recursos hídricos y alcanzar una agricultura sostenible, que permita una adecuada rotación en los cultivos. Y así lo contempla la sentencia, indicando que “la acumulación de dotaciones no solo se basa en lo que se considera una explotación racional de los recursos hídricos sino también con el objetivo de alcanzar una agricultura sostenible, que posibilite
una adecuada rotación de cultivos, que como sabemos tiene especial transcendencia en cuestiones medioambientales, ecológicas y de diversidad de la flora y fauna”.

Mancha Occidental II, legitimada para la defensa de sus usuarios Por otra parte, la sentencia recoge la legitimación de CUAS Mancha Occidental II para la defensa colectiva de los derechos e intereses de la Comunidad, puesta en duda desde la Administración. Así, el fallo contempla que “es evidente que lo impugnado afecta al núcleo de intereses de los regantes, no siendo factible una interpretación desfavorable al derecho de acceso a los Tribunales e incluso, su desactivación de la tutela por esta vía indirecta que pretende la Administración, pudiese pecar de inconstitucionalidad”.

Las acciones comienzan a dar frutos La Asamblea General de Mancha Occidental II, celebrada en febrero de 2020, aprobó iniciar una serie de acciones en contra de los recortes de las dotaciones de regadío aprobada por la Junta de Explotación de la CHG, entre ellas, diversos procedimientos judiciales, que “han comenzado a dar sus frutos”.

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