La Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Ciudad Real tiene previsto juzgar el próximo 8, 9 y 10 de junio al acusado A.G.L., para el que el Ministerio público pide 2 años y 6 meses de cárcel por apropiarse de 105.354 euros de la Comisión Local de Pastos de Argamasilla de Alba aprovechando que era el único empleado.
Dicha Comisión tiene atribuidas, entre otras competencias, la de efectuar el cobro anual de los pastos a los ganaderos adjudicatarios, quienes ingresan la cuota correspondiente, indistintamente, en una de las dos cuentas que tiene abierta la Comisión en las entidades CajaRural de Ciudad Real y Caja de Castilla-La Mancha.
Con cargo a esas cuentas bancarias, se procedía a pagar a los propietarios de las tierras sometidas al aprovechamiento de pastos, mediante la presentación en dichas entidades de los recibos expedidos manualmente por el acusado quien se ocupaba de la gestión y control de los ingresos y gastos.
Previamente, los mencionados recibos eran firmados en blanco por parte del presidente y del tesorero de la Comisión, una práctica habitual con el fin de agilizar la gestión; procediendo después el acusado a incorporaren ellos los datos de identidad del beneficiario, el periodo de liquidación, su cuantía y la fecha.
En el referido contexto, el fiscal afirma que el acusado hizo suyos los importes correspondientes a numerosos recibos expedidos entre 2004 y 2009, en los que consignaba datos de identidad de personas ficticias o fallecidas o que no eran propietarias de tierras sujetas al aprovechamiento de pastos, o que lo eran pero sin que la firma del recibo se correspondiera con la de esas personas; ocasionando un perjuicio total de 105.354,48 euros, conforme a la valoración efectuada por la Comisión Local de Pastos de Argamasilla de Alba.
Los hechos anteriormente relatados son constitutivos de un delito continuado de falsedad en documento mercantil en relación de concurso medial con un delito continuado de apropiación indebida.
Por ello, el Ministerio Público pide para el acusado la pena de 2 años y 6 meses de prisión, con la accesoria de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, y la pena de 9 meses de multa, con una cuota diaria de 12 euros, con aplicación de la responsabilidad personal subsidiaria que establece el artículo 53 del Código Penal en caso de impago.