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lunes, 23 diciembre
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Declaran culpable al acusado de matar a su padre con una navaja en su vivienda de Socuéllamos

El jurado ha considerado los hechos como probados en base al testimonio del propio jurado y las pruebas aportadas durante las distintas jornadas del juicio

El jurado ha declarado a C.I.G., acusado de matar a su padre, D.I.A., con una navaja en su vivienda de Socuéllamos (Ciudad Real), culpable de un delito de homicidio, tras el juicio celebrado en la sección Primera de la Audiencia Provincial de Ciudad Real.

Tras la lectura del objeto del veredicto, el jurado ha considerado los hechos como probados en base al testimonio del propio jurado y las pruebas aportadas durante las distintas jornadas del juicio.

Además, el jurado ha tenido en cuenta los agravantes de parentesco y abuso de superioridad física, aceptando también los atenuantes de trastorno mental y arrepentimiento.

En la lectura del objeto del veredicto, el jurado ha considerado probado que las heridas de la víctima corresponden a un arma blanca, así como que se le infligieron por parte del acusado tres heridas superficiales y una penetrante, considerada como la que le provocó la muerte.

Asimismo, han considerado también como probado que las heridas fueron fruto de un forcejeo previo entre víctima y acusado. También han visto acreditado que el acusado era físicamente superior a la víctima y que portaba un arma en el momento de los hechos.

Igualmente, han visto probado que el acusado no se entregó voluntariamente a las autoridades, a pesar de que no opusiera resistencia a su detención, así como que ha pedido perdón a la familia.

LA FISCALÍA PIDE DOCE AÑOS DE CÁRCEL

Tras la lectura del veredicto, la fiscal ha pedido para C.I.G. una pena de 12 años de prisión, de los 13 años y medio que solicitaba al inicio del juicio.

En opinión de la fiscal, no cabe condenar al acusado a la pena mínima para este delito, de 10 años de prisión, ya que entiende que el agravante de parentesco tiene un peso mucho mayor que los atenuantes que han sido contemplados por el jurado.

De su lado, la letrada de la defensa ha pedido, atendiendo al hecho punible y los dos atenuantes estimados, que la pena de prisión para C.I.G. sea la mínima, solicitando a la jueza que sea «benévola».

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