El Ministerio de Sanidad ha recomendado suspender los velatorios para evitar la expansión del coronavirus y ceremonias fúnebres en toda España, según la última actualización del documento ‘Pocedimiento para el manejo de cadáveres de casos de COVID-19’, cuya última versión es de este jueves 26 de marzo.
En concreto, el documento señala que, «en el contexto de las medidas de distanciamiento social adoptadas a nivel nacional para evitar la expansión del virus, se deberían suspender los velatorios y las ceremonias fúnebres». Además, se precisa que «el destino final del cadáver puede ser el entierro o la incineración».
En aplicación de la Orden de 21 de marzo, por la que se establecen medidas excepcionales para expedir la licencia de enterramiento y el destino final de los cadáveres ante la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, ya se precisaba que la inscripción en el Registro Civil y la posterior expedición de la licencia de enterramiento podrán realizarse por la autoridad competente sin que tengan que trascurrir al menos 24 horas desde el fallecimiento.
Asimismo, esta orden precisaba que «el enterramiento, incineración o donación a la ciencia del cadáver, independientemente de la causa del fallecimiento, podrán realizarse sin tener que esperar a que se cumplan 24 horas desde el fallecimiento, siempre y cuando este hecho no sea contrario a la voluntad del difunto o a la de sus herederos. Sanidad añade que» las cenizas pueden ser objeto de manipulación sin que supongan ningún riesgo».