Jornada histórica para la Denominación de Origen La Mancha, que ha visto como después de un largo periodo de espera, en la mañana del 19 de octubre se ha publicado su nuevo pliego de condiciones en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha de conformidad al reglamento dado por la Consejería de Agricultura, Agua y Desarrollo Rural.
Entre las novedades, cabe destacar la inclusión de las uvas garnacha tintorera y moscatel de Alejandría como nuevas variedades permitidas para su elaboración de vinos amparados por la Denominación de Origen La Mancha, siendo válida la elaboración de los vinos procedentes de la añada 2020, siempre y cuando cumplan con el resto de condiciones marcadas por el exigente pliego de condiciones de esta figura de calidad.
Rasgos de la Garnacha Tintorera
Conocida con otras sinónimas como Alicante Bouschet, Colorina, Moratón, Negral o Tintorera de Liria, se trata de una variedad de cultivo antiguo, muy extendida también en otras provincias del suelo peninsular como Pontevedra, Orense, Alicante, Valencia o Huesca.
Según los datos de la Encuesta de Viñedo 2015 elaborada por el Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente, es la quinta variedad tinta en la superficie nacional con unas 22.572,20 hectáreas, de las cuales unas 14.600,64 ha se cultivan en la comunidad castellanomanchega. De hecha Denominación de Origen La Mancha cuenta ya con más de 600 hectáreas preinscritas en sus registros que automáticamente pasan a ser aptas tras la aprobación de la modificación del pliego de condiciones.
En su morfología, la Garnacha Tintorera presenta racimos de tamaño pequeño, compacidad media y forma cónica corta. Sensible a las enfermedades de mildiu y oídio, es de brotación temprana y maduración media, presentando unos rendimientos no muy altos. Tiene una coloración muy plástica y visual en tonos rojizos en el ocaso otoñal de la hoja. Su baya es colorante en la pulpa, de ahí su nomenclatura como tintorera por el mosto que produce.
A nivel enológico, la Garnacha Tintorera da lugar a tintos de color rojo intenso con una graduación alcohólica moderada, y acidez equilibrada. En bodega se aprecia su versatilidad, aportando color cuando es ensamblada con otras variedades. Precisamente, su intensidad cromática es muy valorada en tintos con frescura en boca, bien adaptadas a las tendencias actuales de mercado.
Unas cualidades organolépticas por las que el Pleno de la Interprofesión del Consejo Regulador de la DO La Mancha consideró que su inclusión sería positiva de cara a complementar la diversidad varietal ya presente en esta denominación de origen, que actualmente cuenta con 25 variedades inscritas y que próximamente podría contar con 27, ya que junto con la Garnacha Tintorera también se solicitó la inclusión de la variedad Moscatel de Alejandría.
Cualidades de la Moscatel de Alejandría
También conocida como moscatel de grano gordo, tiene diferentes sinonimias asociadas a sus diferentes zonas de producción. Predomina en el levante peninsular, además de la zona suroeste, teniendo una clara resonancia en el viñedo internacional por su nombre mediterráneo.
Su brotación es temprana, con una tonalidad verdosa característica en sus racimos. Sus bayas tienen un tamaño medio con una maduración tardía y una cierta sensibilidad al milidu.
Tradicionalmente se ha derivado su cultivo a la uva de mesa y pasificación. No obstante, da lugar a vinos predominantemente dulces que permitirán explorar nuevos mercados y consumos para el público final.
Su natural adaptación a climas cálidos la convierten además en una variedad bien avenida a la propia climatología manchega, capaz de soportar los rigores estivales, con un potencial aromático en su versión monovarietal u otras versiones coupage con otras variedades.
Otras novedades en el Pliego de condiciones
Asimismo, se han solicitado otros cambios de menor trascendencia, como la modificación descripción de notas de cata de algunos vinos para intentar que su interpretación sea menos subjetiva, o los porcentajes de mezcla máximos autorizados tanto en vinos varietales con coupage de otras uvas, como entre distintas añadas, pasando del 14 al 15 %, y ajustándose así a la normativa nacional.
No obstante, para todos aquellos vinos de expreso paso por madera, los tiempos de permanencia en barrica y botella de los vinos de crianza, reserva y gran reserva no sufren modificaciones. Así, aquellos vinos con tirilla de ‘Envejecimiento en barrica’, elaborados como jóvenes o tradicionales, deberán tener un tiempo de al menos 60 días en madera.
Los vinos ‘Crianza’, con dos años de envejecimiento natural, deberán pasar, al menos, 6 meses por barrica de madera. Para el caso de los vinos ‘Reserva’, tres años de envejecimiento natural, de los cuales como mínimo 12 meses de paso por el roble y el resto en botella. Finalmente, los vinos ‘Gran Reserva’, cinco años de envejecimiento natural, de los cuales un mínimo de 18 meses deberá ser en barrica de roble y el resto en botella.
Además, hay que tener en cuenta que la Denominación de Origen La Mancha centra sus inclinaciones comerciales hacia los vinos preferentemente jóvenes o tradicionales, asumiendo las tendencias globales de mercado hacia vinos más frescos, asequibles y fáciles de consumir (tirilla tradicional y tirilla joven), lo cual no es óbice para subrayar la trazabilidad y el riguroso control de éstos y también de aquellos vinos con paso por madera.