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domingo, 22 diciembre
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Piden 10 años de inhabilitación para el exalcalde de Puertollano por prevaricación

Por presunto delito de prevaricación administrativa en el caso del fraccionamiento en 69 partes de las obras de la plaza de toros de la ciudad minera

La Fiscalía Provincial de Ciudad Real pedirá una pena de diez años de inhabilitación especial para empleo o cargo público para el exalcalde de Puertollano (Ciudad Real), Joaquín Hermoso Murillo; el secretario municipal, Juan Luis Vázquez Calvo; y el arquitecto técnico municipal, Eugenio Ángel Manso, por presunto delito de prevaricación administrativa en el caso del fraccionamiento en 69 partes de las obras de la plaza de toros de la ciudad minera.

El juicio oral ha sido señalado a las 10.00 horas de los días 12, 13 y 14 de febrero en la Audiencia Provincial de Ciudad Real, una serie de vistas en las cuales, vistos los hechos y la pena solicitada, el fiscal estima «probable» alcanzar un acuerdo de conformidad con la defensa de los acusados.

Según el escrito de acusaciones de la Fiscalía, los acusados, conocedores de la normativa administrativa en materia de contratación, sabedores de la inexistencia de causas técnicas que justificasen la fragmentación de la contratación y con la finalidad de tramitar los distintos contratos sin publicidad adjudicándolos de forma directa, «actuando en total connivencia» procedieron a informar y resolver a favor de la fragmentación de la contratación de las obras de la segunda fase del coso polivalente.

La ejecución de obra ascendió a 2.598.451,54 euros, cuyo gasto se fraccionó en 69 expedientes en partidas correspondientes a cimentación, suministros y maquinaria y suministros e instalaciones para acabados de obra, adjudicados a diferentes empresas.

El fiscal relata que los acusados adjudicaron un estudio previo de viabilidad a la arquitecta M.L.C.V. «de forma totalmente personal, sin procedimiento negociado con publicidad», y que siguiendo el mismo procedimiento y «simulando petición de ofertas» fue adjudicada a la misma persona el proyecto básico y ejecución de la obra, mientras que la dirección material de la obra se encargó al aparejador F.S.M.

La acusación prosigue indicando que, en el marco de ejecución del «plan preconcebido entre los tres acusados», sin la existencia de causas técnicas que lo justificasen y conocedores de la ilegalidad de su actuar, el arquitecto técnico municipal y el secretario municipal emitieron sendos informes a favor del fraccionamiento.

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De esta forma, prosigue el Ministerio Público, «burlando la normativa administrativa en materia de contratación, eludiendo los mecanismos de contratación con publicidad que corresponderían por la cuantía de la obra, sin aprobación por el pleno del Ayuntamiento, tras la selección de forma unilateral de los distintos ofertantes por parte del arquitecto técnico municipal y basándose en los informes de los dos técnicos», el exalcalde Joaquín Hermoso dictó las respectivas resoluciones unilaterales de adjudicación de la contratación, de forma personal y directa a las empresas propuestas.

 

SOBRESEIMIENTOS DE ACTUACIONES

Por otra parte, la Fiscalía concluye que no resulta acreditado el delito de tráfico de influencias de M.L.C.V. y F.S.M., sobre los que solicita el sobreseimiento provisional de las actuaciones.

Asimismo, estima que no está debidamente acreditado el delito de tráfico de influencias respecto a Eugenio Ángel manso, ni el delito de falsedad documental imputado a M.L.C.V. ni a los tres acusados, por la aportación de documentación al juzgado relativa a los honorarios por la redacción de los proyectos y la dirección de obra.

«Al no tratarse de documentos falsos, sin perjuicio de las irregularidades administrativas que se puedan detectar, tampoco concurren elementos para imputar dicha falsedad a los acusados», subraya. Consecuentemente, apunta, no concurren elementos para imputar el delito de estafa procesal en grado de tentativa ni en concepto de autor ni en concepto de cooperador necesario.

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