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Vuelve a C-LM la concesión de los Distintivos a las Mejores Prácticas en Materia de Consumo

Se contemplarán aspectos no centrados exclusivamente en la calidad, sino que además de ésta se tendrán en cuenta otros muy valorados por la sociedad actual

El Gobierno de Castilla-La Mancha ha publicado un Decreto por el que recupera la concesión de los Distintivos a las Mejores Prácticas en Materia de Consumo y crea su registro.

Así, en cuanto a los méritos a valorar para la concesión de los Distintivos se contemplarán aspectos no centrados exclusivamente en la calidad, sino que además de ésta se tendrán en cuenta otros muy valorados por la sociedad actual.

Los Distintivos a las Mejores Prácticas en materia de Consumo son aquellos que reconocen institucionalmente los méritos contraídos tanto por personas físicas y jurídicas, titulares de establecimientos o empresas que comercialicen productos y bienes o presten servicios en la Comunidad Autónoma, como por aquellas organizaciones, entidades o instituciones, que desarrollen su actividad en igual ámbito territorial, y que se distingan por la adopción o implementación voluntaria de iniciativas que redunden en un mayor bienestar para las personas consumidoras y usuarias de la región.

Serán méritos a valorar la adopción de medidas de autorregulación o corregulación, alianzas con la Administración regional de consumo, participación en programas de Responsabilidad Social de Empresas (RSE) y Consumo, participación en programas conjuntos con organizaciones de consumidores, valoración de los colectivos vulnerables y de la accesibilidad, seguimiento de una trayectoria que implique una especial sensibilidad en materia de protección a las personas consumidoras, iniciativas laborales, sociales y ambientales, y la adopción de medidas de igualdad de género.

También acciones de innovación, desarrollo e investigación en el marco de la innovación social o tecnológica aplicada a la protección de los consumidores, gestión inteligente de la disrupción tecnológica, medidas contra el desperdicio alimentario y la sobreproducción y sobreconsumo en general, medidas contra la obsolescencia programada; seguimiento de políticas de información, formación, educación e investigación; fomento de la transparencia, simetría informativa, confianza, y reputación; y promoción de la corresponsabilidad y de criterios de compra ética.

Igualmente, se valorará la adopción del criterio de calidad en general, la existencia de sistemas de gestión de cumplimiento normativo y de atención al cliente y postventa; la adopción de medidas de fomento del voluntariado; el desarrollo de aspectos contemplados o relacionados con la legislación vigente en materia de consumo; la aprobación de compromisos y códigos éticos y de buenas prácticas de producción, distribución y comercialización de productos y servicios, y la realización de estudios y proyectos de investigación.

COMISIÓN REGIONAL DE DISTINTIVOS

El Decreto incluye la creación y composición de la Comisión Regional de Distintivos a las Mejores Prácticas en materia de Consumo, que será el encargado de la tramitación de las solicitudes de concesión de los Distintivos a las Mejores Prácticas en materia de Consumo y de su posterior evaluación para la concesión o denegación de los distintivos.

El procedimiento de concesión de los Distintivos a las Mejores Prácticas en materia de Consumo se iniciará a instancia de parte interesada.

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Una vez admitida a trámite la solicitud, los méritos alegados por la persona física, empresa, establecimiento, organización, entidad o institución, serán verificados por personal técnico de la Consejería competente en materia de consumo, que podrá ser auxiliado por otro personal técnico, designado por el titular de la Presidencia de la Comisión Regional de Distintivos a las Mejores Prácticas en materia de Consumo.

La solicitud y documentación que se acompañe se someterán a la evaluación de la Comisión Regional de Distintivos a las Mejores Prácticas en materia de Consumo. Cada solicitud de distintivo será evaluada objetivamente, desde un punto de vista cualitativo y en su conjunto.

Una vez concedido el Distintivo a las Mejores Prácticas en materia de Consumo, el período de vigencia será de tres años.

Igualmente, se crea, adscrito a la Consejería competente en materia de consumo, el Registro de Distintivos a las Mejores Prácticas en materia de Consumo, en el que se inscribirán los distintivos concedidos, periodos de validez y renovación correspondientes, y su revocación. Este registro será de público acceso.

También se recoge la creación del Fichero de datos del Registro de Distintivos a las Mejores Prácticas en materia de Consumo.

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