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La Diputación destina 225.000 euros a enriquecer la oferta cultural de los pueblos con artistas de la tierra

La Diputación de Ciudad Real apuesta, un año más, por los convenios culturales con el objetivo de fomentar la creación artístico-musical de los grupos e intérpretes de la provincia y de facilitar a los municipios la contratación de actuaciones. A través del Servicio de Cultura, Deportes y Juventud se ha aprobado una nueva convocatoria dirigida a los ayuntamientos y entidades de ámbito territorial inferiores al municipio (Eatim), que incluye una dotación presupuestaria de 225.000 euros.

David Triguero, vicepresidente de la Diputación y responsable de la gestión del Servicio de Cultura, ha explicado que con este programa se pretende afianzar las programaciones culturales de los ayuntamientos y contribuir, de esta manera, a potenciar las iniciativas socioculturales. «Apoyamos a los ayuntamientos y a quienes optan por ofrecer espectáculos artísticos en la provincia porque entendemos que promocionar la cultura es un servicio necesario que incide positivamente en el bienestar de la ciudadanía», ha dicho Triguero, quien también se ha mostrado partidario de contribuir a que se mantengan las tradiciones y se completen las programaciones culturales a la vez que los artistas de la tierra dan a conocer su trabajo.

La Diputación establece, según el número de habitantes de los municipios, diferentes cuantías económicas a los ayuntamientos para subvencionar la contratación de grupos y espectáculos cada vez más variados. Con ello se garantiza un doble compromiso con las Corporaciones Locales, por un lado el económico y por otro el cultural. Y además se consigue una mayor difusión de la actividad cultural.

Podrán acogerse a esta convocatoria las entidades locales de la provincia que lo soliciten. La subvención no podrá exceder de 2.110 euros si el municipio es inferior o igual a cinco mil habitantes; de 2.290 si es inferior a 15.000 habitantes y de 2.540 euros si el pueblo es mayor de 15.000 vecinos. Asimismo, se distribuirán 1.000 euros a las entidades locales menores de El Hoyo, El Torno y Cinco Casas.

La presentación de solicitudes podrá realizarse en un plazo de 30 días naturales contados a partir del día siguiente de la publicación de la convocatoria en el BOP. La tramitación deberá hacerse únicamente por vía telemática, para lo que el ayuntamiento deberá estar dado de alta en la Plataforma de Notificaciones Telemáticas de la Diputación Provincial.

La subvención implica por parte de los ayuntamientos la contratación de grupos e intérpretes que están incluidos en la «Guía Cultural» cuyas modalidades están reflejadas en cinco apartados, por lo que los consistorios no pueden optar con cargo a los convenios culturales a más de una actuación en cada uno de los bloques, que han quedado constituidos de la manera que sigue.

El primero comprende teatro infantil, magia infantil, teatro adultos, magia adultos y cuentacuentos; el segundo, dedicado a música española, ofrece canción española y flamenco; el tercero, de música en general, en el apartado A incluye música clásica y antigua, folk, tunas, cantautores, jazz, pop y rock y DJ’s. Y en el B figuran bandas y agrupaciones musicales y bandas de cornetas y tambores.

El bloque cuatro, dedicado a bailes y danzas, comprende bailes regionales y grupos rocieros y otros bailes y danzas (orientales, bailes de salón). Y en el quinto, denominado de extensión cultural, figuran conferencias, exposiciones y recitales poéticos.

Triguero ha explicado, por otro lado, que la propuesta de concesión de subvenciones será dictaminada por la Comisión Informativa de Cultura, Deportes y Juventud, y que la concesión de las ayudas será resuelta por Decreto de la Presidencia en un plazo que no podrá exceder de los tres meses.

Por otra parte, los ayuntamientos que resulten beneficiarios de estas subvenciones deberán comunicar expresamente al órgano que las otorga, la aceptación o no de la subvención concedida. En caso de no efectuar la citada comunicación, se entenderá que acepta la subvención; por el contrario, si la entidad beneficiaria comunica la no aceptación de la subvención, se dejará sin efecto su adjudicación mediante resolución fundada en tal circunstancia.

Justificación

Asimismo, de la convocatoria se desprende que el pago de la subvención se realizará previo a la justificación, como financiación necesaria para poder llevar a cabo las actuaciones inherentes a la subvención.

Serán obligaciones de los ayuntamientos beneficiarios llevar a cabo la actividad que fundamenta la concesión de la subvención y acreditar ante la Diputación Provincial la realización de la misma. También desarrollará la actividad en la temporalización y fechas previstas, enviarán cuanta documentación se requiera y se someterá a las actuaciones de supervisión del Servicio de Cultura de la Diputación Provincial, así como a cualquier otra comprobación y control financiero que puedan realizar los órganos de control competentes, aportando cuanta información sea requerida en el ejercicio de las actuaciones anteriores, así como tener a disposición de la Diputación durante un período de cuatro años las facturas y documentos justificativos de los pagos realizados.

Para la justificación, los ayuntamientos deberán presentarla igualmente por vía telemática, adjunto una declaración formal en la que se haga constar que el importe de la subvención obtenida se ha destinado al objeto y fines que la motivaron; también, una declaración formal de los gastos efectuados con cargo a la subvención concedida, debidamente desglosados y acreditados mediante la presentación de copia compulsada de las facturas y justificantes de gastos efectuados; certificación expedida por el funcionario competente de la entidad relativa a la inexistencia de otras subvenciones que se hayan obtenido para la misma finalidad o, en su caso, mención expresa de que el gasto total es igual o superior al importe de las distintas subvenciones obtenidas con el mismo objeto y que el ingreso de la subvención ha sido debidamente reflejado en la contabilidad municipal. Por último, se deberán adjuntar carteles, folletos y otros soportes publicitarios en los que haya constancia del patrocinio de la Diputación de Ciudad Real.

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