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Las ayudas destinadas a personas en estado de viudedad se podrán solicitar a partir del 2 de enero

Las ayudas para el mantenimiento de las condiciones básicas de vida, destinadas a personas en estado de viudedad o análoga relación de afectividad o familiares convivientes que dependieran económicamente de la persona fallecida se podrán solicitar a partir del día 2 de enero. El plazo estará abierto hasta el 31 de diciembre de 2018.

Estas ayudas pretenden atender situaciones de necesidad o desventaja social en que se encuentren las personas que no estén en disposición de conseguir mantener, a través de sus fuentes de ingresos, unas condiciones básicas de vida en su hogar habitual, por el hecho de que el cónyuge, persona con quien mantenía análoga relación de afectividad o familiar con quien compartían los gastos y de quien dependían económicamente ha fallecido.

Las solicitudes podrán presentarse mediante el modelo habilitado al efecto en la sede electrónica de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha en la dirección ‘http://www.jccm.es’, debidamente firmado de forma electrónica, que quedará anotado en el registro electrónico.

También podrán solicitarse en el registro de los servicios centrales de la Consejería de Bienestar Social o en el de sus direcciones provinciales, así como en cualquiera de los lugares señalados en la Ley del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

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