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viernes, 20 diciembre
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Las Comisiones Provinciales del Patrimonio Cultural inician su trabajo como órganos consultivos del Gobierno de CLM

patrimonio castilla la mancha

Las cinco Comisiones Provinciales del Patrimonio Cultural se reúnen estos días por primera vez tras su constitución como órganos colegiados consultivos en materia de patrimonio cultural en el ámbito de su correspondiente provincia.

Estas Comisiones, que llevaban sin reunirse desde el año 2014, tienen ahora funciones consultivas para aquellas cuestiones relacionadas con el patrimonio que les sean solicitadas desde la Consejería de Educación, Cultura y Deportes.

Así, el objetivo es contar con la opinión de estos órganos en las acciones que se lleven a cabo en materia de patrimonio cuando así se considere, para asegurar siempre su cuidado y  protección.

Las Comisiones Provinciales del Patrimonio de Albacete y Toledo ya ha celebrado su primera reunión y en los próximos días harán lo propio las Ciudad Real, Cuenca y Guadalajara.

Las Comisiones están constituidas por personas de diferentes ámbitos, tanto de la administración como de otros sectores representativos del ámbito cultural, entre los que se encuentran un representante de la Federación de Municipios y Provincias, un representante de organismos o entidades que tengan entre sus fines la defensa del patrimonio y una persona especializada en materia de patrimonio cultural, vinculada al ámbito académico universitario.

Presiden las Comisiones cada uno de los directores provinciales de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, que serán los encargados de realizar la convocatoria correspondiente en función del número y de la urgencia de las consultas que les lleguen para su estudio.

Los asuntos que tratarán las Comisiones Provinciales serán previamente informados por una ponencia técnica, que deberá emitir su informe 48 horas antes de la fecha de la convocatoria de la reunión.

La adopción de acuerdos en el seno de la Comisión y los informes solicitados serán remitidos en un plazo de cinco días tras la celebración de la correspondiente sesión.

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