El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 2 de Toledo ha condenado al Servicio de Salud de Castilla-La Mancha (Sescam) al pago de una indemnización de 312.383 euros –252.383 euros para el menor y 30.000 euros para cada uno de los padres–, por la «defectuosa asistencia sanitaria» prestada en el parto en el Hospital Universitario de Guadalajara que ocasionó al menor una encefalopatía hipóxico-isquémica con una minusvalía del 77% y un grado III nivel 2 de dependencia.
Según la sentencia, de la que ha informado El Defensor del Paciente, M.P. se quedó embarazada siendo un proceso normal. El 20 de septiembre de 2009 ingresó en el Hospital Universitario de Guadalajara estando de 39 semanas a las 6.15 horas y, tras varias complicaciones, se le realizó una cesárea a las 9.55 horas. El niño nació con una asfixia neonatal severa, síndrome de aspiración meconial, y neumotórax derecho siendo trasladado al Hospital Gregorio Marañón (Madrid).
La sentencia indica que a las 7.00 horas debió pautarse la práctica de la cesárea de modo que el retraso hasta las 9.00 horas «fue totalmente inadecuado», reconociendo que existió una «infracción de la Lex Artis» por la falta de la práctica de la cesárea dos horas antes, debiendo haber advertido la bradicardia del feto así como la presencia de meconio, lo que implicaba un sufrimiento fetal determinante de la hipoxia del menor.
En la actualidad, el menor sufre una encefalopatía grave, requiriendo cuidados constantes, hipoacusia, neumotórax, reflujo gástrico precisando cuidados constantes como recoge el grado de dependencia más alto que recoge la legislación, según el Defensor del Paciente.
La defensa del caso ha sido tramitada por la abogada Carmen Fernández-Bravo, especialista en Derecho Sanitario y adscrita a los Servicios Jurídicos de El Defensor del Paciente.