Los representantes de la Asociación Agraria-Jóvenes Agricultores (ASAJA) de Ciudad Real han mostrado su satisfacción tras la publicación este martes en el Boletín Oficial del Estado (BOE) de la Ley Orgánica 1/2015, de 30 de marzo, por la que se modifica la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal
Desde ASAJA valoran positivamente la nueva normativa que, por primera vez, otorga una consideración especial a los hurtos y robos cometidos en el ámbito agrario. En el propio preámbulo se reconoce que es un grave problema al tratarse de infracciones cometidas en explotaciones, en las que resulta difícil adoptar medidas de protección y donde se causa a sus propietarios un perjuicio extraordinariamente elevado, muy superior al que corresponde a la valoración de los productos sustraídos, por lo que se produce una grave desprotección e inseguridad para quienes los sufren.
Las propuestas presentadas por ASAJA para combatir la grave lacra que constituyen los hurtos y robos en el medio rural han sido tenidas en cuenta en la reforma del Código Penal, de manera que, por primera vez en la legislación penal española, se modifica la tipificación de los hurtos, que pasan a ser considerados delitos leves en vez de faltas, y se agravan el delito de receptación y la multirreincidencia.
A partir del 1 de julio, cuando entre en vigor, los hurtos comportarán un aumento del castigo especialmente en tres casos. Primero, si el valor de lo sustraído es menor de 500 euros pero el robo provoca “un perjuicio grave a la explotación, el delito será castigado con pena de 1 a 3 años de prisión. Asimismo, se considerará también como delito de hurto agravado, sancionado con la misma pena, la sustracción de conducciones, cableado, o equipos de suministro eléctrico, de hidrocarburos o de telecomunicaciones.
En el caso de reincidencia, se contempla también un tipo agravado aplicable a los delincuentes habituales, que anteriormente eran condenados por faltas de hurto y ahora podrán ser condenados por un delito de hurto agravado castigado con penas de uno a tres años, cuando ya hayan sido condenados por tres delitos patrimoniales.
Y para los robos con fuerza (para acceder o abandonar la explotación o ejerciendo violencia o intimidación en las personas), la reforma del Código Penal mantiene una pena de 1 a 3 años. Pero, como novedad, cuando concurra la circunstancia especial de tratarse de productos agrarios o ganaderos, o de los instrumentos o medios usados para su obtención, la pena de cárcel aumentará de 2 a 5 años.
Otra novedad importante, también reclamada por ASAJA y que se incorpora ahora al texto, es la agravación del delito de receptación (compra de bienes robados).
Los representantes de la organización confían en que su entrada en vigor contribuya a reducir el número de robos en las explotaciones agropecuarias y muestran su satisfacción por los frutos obtenidos tras años de reivindicaciones, manifestaciones y trabajo.