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En 2014 se reestructuraron y reconvirtieron en Castilla-La Mancha 16.366 hectáreas de viñedo

viñedo

Autor: Bienvenido Amorós, técnico sectorial vitivinícola de Cooperativas Agro-alimentarias Castilla-La Mancha

La ayuda a la reestructuración y reconversión de viñedos se comenzó a aplicar en UE en 2001 en el marco de la OCM vitivinícola aprobada en 1999. Posteriormente se recogió en la OCM del vino del 2008, y daba subsidiaridad a estados miembro para su aplicación en Programas de Apoyo Nacionales. España, tanto en el primer período 2009-2013 como en 2014-2018, ha incorporado esta medida para contribuir a la adaptación de la producción a la demanda del mercado y reducir los costes de cultivo.

La aplicación de la medida de reestructuración y reconversión de viñedo (2001-13)

En España, entre 2001 y 2013, se han acogido a programas de reestructuración y/o reconversión de viñedos 303.683 hectáreas, lo que en la práctica supone que un 31,71% de la superficie vitícola nacional goza de mejores condiciones productivas que hace quince años (ver cuadro en el pdf).

En Castilla-La Mancha la medida afectó durante las 13 campañas que lleva ejecutándose a 145.222 ha, cifra que supone que exactamente la tercera parte de la superficie de viñedo regional, esté bien adaptada tecnológicamente.

Es indudable que la medida de reestructuración y reconversión del viñedo ha significado un notable progreso de las producciones medias regionales, mejorando el potencial vitícola de las parcelas afectadas y permitiendo que las explotaciones vitícolas sean más rentables, tecnificadas y competitivas; no en vano se ha invertido en dicho período una cantidad nada desdeñable con casi 950 millones de euros, suponiendo casi el 52% de la cifra en el contexto nacional.

Resultados de la aplicación de la medida en el ejercicio 2014

La superficie de viñedo sobre la que se ha actuado en el ejercicio 2014 en España ha sido de 27.796 hectáreas de viñedo, de las que 16.366 corresponden a Castilla-La Mancha (ver distribución por comunidades autónomas en el cuadro adjunto).

MEDIDA DE REESTRUCTURACIÓN Y RECONVERSIÓN DE VIÑEDO (FEAGA 2014)
CCAA –   Pagos (€) –   Superficie afectada (ha) –   €/ha
Andalucía    2.936.078    423    6.941
Aragón    4.891.811   1.178   4.153
Baleares    100.000    31    3.226
Canarias    15.197    2    7.598
Castilla-La Mancha    64.996.446    16.366    3.971
Castilla y León    3.221.982    881    3.657
Cataluña    6.520.532    2.115    3.083
Extremadura    13.159.769    3.397    3.874
Galicia    1.455.462    81    17.969
Madrid    16.077    2    8.038
Murcia    2.064.537    301    6.859
Navarra    1.237.103    269    4.599
País Vasco    975.345    186    5.244
La Rioja    7.850.000    1.580    4.968
C. Valenciana    3.094.077    984    3.144
TOTAL    112.534.414    27.796    4.049
Fuente: Elaboración propia a partir de datos MAGRAMA

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La ayuda media en España ha ascendido a 4.049 euros/ha, mientras que en Castilla-La Mancha dicha cantidad ha sido de 3.971 euro/ha.

En este ejercicio se han acogido en España a esta ayuda 8.914 beneficiarios, un 9,29% inferior al ejercicio anterior.

Torre de Gazate Airén

De la superficie total de viñedo sobre la que se ha actuado en el ámbito nacional, la principal actividad que se ha realizado ha sido la reimplantación de viñedo (alrededor del 75,3%) y en segundo lugar, la mejora de sistemas de gestión de viñedos a través de la transformación de vaso a espaldera (cerca del 24,5%). La superficie sobre la que se ha realizado reconversión varietal únicamente supone un 0,2% respecto al total.

En 2014, la reimplantación de viñedos ha supuesto casi el 87,6% de los pagos totales realizados, muy lejos de la mejora de sistemas de gestión de viñedos a través de la transformación de vaso a espaldera con el 12,3% y la actividad de reconversión varietal con el 0,1%.

Operación de plantación 

La operación de plantación en el ejercicio 2014 ha absorbido el 35% de los pagos realizados en concepto de participación en los costes, la instalación de espalderas el 27%, la preparación del suelo el 12% y la transformación de vaso a espaldera, el 10%. Por tanto, el 84% del presupuesto se destina a cuatro operaciones de las veintitrés subvencionables en este ejercicio.

Por último, indicar que la superficie afectada por la reimplantación de viñedo en 2014 (20.901 has), según la información suministrada por las Comunidades Autónomas al MAGRAMA, las principales variedades utilizadas han sido, por orden de importancia: Airén (24,2%), Macabeo (19,7%), Garnacha tintorera (11,7%) y Garnacha tinta (11,5%). Lo que supone un cambio respecto a los dos ejercicios anteriores en cuanto a principales variedades utilizadas en reimplantaciones, ya que se ha reducido la superficie reimplantada de las variedades Tempranillo y Bobal, y se ha incrementado la de Garnacha tintorera y Garnacha tinta.

Se amplía hasta el 31-jul-2017 el período límite de ejecución 

Se publicaba en el DOCM núm.73 del 16 de abril de 2015, la Resolución de 27/03/2015, de la Dirección General de Agricultura y Ganadería, por la que se  modificaba el plazo de ejecución establecido en la Orden de 04/12/2013, de la Consejería de Agricultura, sobre las bases reguladoras para la concesión y gestión de las ayudas a los planes de reestructuración de viñedo de Castilla-La Mancha para el programa de apoyo 2014-2018, y se convocaban para su ejecución en el periodo 2014-2016.

Con dicha Resolución se modifica el plazo de ejecución establecido en el artículo 5.6 de la Orden 04/12/2013, de la Consejería de Agricultura, quedando fijado el plazo límite de ejecución de las medidas incluidas en los planes de reestructuración en el 31/07/2017.

Las actividades objeto de subvención se encuentran amparadas por un Programa de Apoyo cuatrienal que alcanza hasta el año 2018, por lo que se consideraba adecuado desde la Consejería de Agricultura, con el ánimo de favorecer el interés general y al objeto de flexibilizar la realización de las actividades comprendidas como subvencionables, ampliar un año el plazo de ejecución de las actividades, quedando, en cualquier caso, limitada dicha ampliación por la caducidad de los derechos a utilizar y, sin perjuicio, de la necesaria aplicación del nuevo régimen de autorizaciones para todas las plantaciones que se lleven a cabo a partir del 01/01/2016.

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