La Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, asegura en un comunicado, contrató dos servicios con la empresa Cofely mediante sendos procedimientos ordinarios abiertos -por concurso- tal y como estipula la Ley, por lo que no cabe incluirlos de ninguna manera en los que se hayan producido de manera irregular o ilegal.
La citada nota explica que uno de ellos, el de la Gerencia de Atención Primaria, precisamente está en trámite de resolución, tras detectarse que el servicio no era prestado de manera conveniente por dicha empresa, según lo establecido en el contrato y en los pliegos de licitación.
Informa el cumunicado que el órgano de contratación emitió un informe, con fecha 9 de septiembre de 2014, para la rescisión del mismo y con fecha 14 de octubre de 2014, la Dirección General de Gestión Económica e Infraestructuras emitió la resolución final para la rescisión de la relación contractual con Cofely. En este caso, el presupuesto base de licitación ascendió a 659.395 euros y la empresa lo ganó al presentar la oferta más baja, de 425.162 euros.
En el segundo caso, la empresa mencionada ganó el concurso para la prestación de servicios de monitorización y mantenimiento del centro de Datos de la Dirección General de Telecomunicaciones, perteneciente a la Consejería de Fomento, al presentar la oferta más barata de entre las diez empresas que se presentaron al concurso.
En este caso, continua explicando la Junta, la empresa ha prestado el servicio de manera regular y los técnicos de la consejería no han encontrado motivo alguno para resolver el contrato hasta el momento.
Por los motivos citados, La Junta de Castilla-La Mancha quiere dejar bien claro que no se puede, en ningún caso, vincular estos contratos adjudicados conforme a la Ley con el procedimiento que se sigue en el Juzgado Central de Instrucción número 6 de la Audiencia Nacional.