El Boletín Oficial del Estado (BOE) ha publicado este jueves el Real Decreto que eleva el salario mínimo interprofesional (SMI) un 3,1 % para 2026, fijándolo en 1.221 euros mensuales en 14 pagas, con efectos retroactivos desde el 1 de enero hasta el 31 de diciembre de 2026.
La nueva cuantía supone 37 euros más al mes y 518 euros más al año respecto al SMI vigente en 2025, alcanzando un total de 17.094 euros brutos anuales o 40,70 euros brutos al día con carácter general.
Para los trabajadores eventuales y temporeros, el salario mínimo por jornada se sitúa en 57,82 euros, mientras que los empleados del hogar no podrán percibir menos de 9,55 euros por hora trabajada.
La subida, aprobada esta semana por el Consejo de Ministros, es fruto del acuerdo alcanzado entre el Ministerio de Trabajo y los sindicatos CCOO y UGT, sin el respaldo de la patronal. Se trata del sexto año consecutivo en que el Gobierno pacta el incremento únicamente con las organizaciones sindicales.
Exento de IRPF y con nueva deducción
El BOE recoge también la actualización de la deducción en el IRPF para adaptar el impuesto a la nueva cuantía del SMI. En concreto, se establece una deducción de hasta 590,89 euros para contribuyentes con salarios inferiores a 20.048,45 euros anuales.
Aunque el salario mínimo se fija en 17.094 euros al año, la deducción se amplía hasta ese umbral superior para evitar el llamado “error de salto”. Según cálculos de Hacienda, un trabajador que perciba el SMI en 2026 pagará 356 euros menos de IRPF que el año anterior.
Sin cambios en salarios superiores
Como en ejercicios anteriores, la actualización no altera la estructura salarial de quienes ya perciben retribuciones superiores al SMI en cómputo anual. No obstante, deberán ajustarse aquellos contratos o pactos privados que estén por debajo del nuevo mínimo para garantizar su cumplimiento, conforme a las reglas de absorción y compensación vigentes.
La reforma de estas reglas, pactada también con los sindicatos para evitar que la subida se diluya en complementos salariales, se abordará en un Real Decreto posterior vinculado a la transposición de la directiva europea sobre salarios mínimos.
