lunes, 12 enero, 2026

Servicios mínimos de la huelga de médicos de familia los días 14 y 15 de enero en C-LM

Así queda publicado en el DOCM

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El Diario Oficial de Castilla-La Mancha (DOCM) ha publicado este lunes la resolución por la que se establecen los servicios mínimos de la huelga de médicos de familia y pediatras de atención primaria convocada los días 14 y 15 de enero, que fija los servicios mínimos en este nivel asistencial y en urgencias extrahospitalarias en el 100 % de los efectivos previstos para un día festivo en atención urgente.

La resolución indica que la huelga está convocada los días 14 y 15 de enero por el Sindicato Médicas y Médicos de Atención Primaria (SMP) y detalla que la designación del personal que prestará los servicios mínimos en los distintos centros, servicios y unidades afectadas será realizada por las personas titulares de los distintos órganos gestores.

En concreto, para el ámbito de atención primaria y urgencias extrahospitalarias, se garantizará la atención urgente en cada zona básica con el 100 % de los efectivos previstos para un día festivo, con personal de guardia programada en cada Punto de Atención Continuada (PAC) y hasta la hora de comienzo de la guardia programada en cada PAC se establecerán como servicios mínimos el mismo número de efectivos que los de la guardia, considerándolos a todos los efectos como personal en jornada ordinaria.

Además, en el servicio de respuesta sanitaria deberá contar con el 100 % de los servicios y también en esa proporción en la unidad autonómica de coordinación trasplantes Castilla-La Mancha.

El resto de centros y servicios estarán al 25 % de los efectivos de un día no festivo.

Además, la resolución especifica que las empresas o entidades que, mediante gestión indirecta realicen servicios de titularidad del Servicio de Salud de Castilla-La Mancha en materia de atención sanitaria, deberán garantizar la efectiva prestación de servicios en los mismos términos establecidos para centros del Sescam.

La Consejería de Sanidad ha explicado que para fijar estos servicios mínimos ha tenido en cuenta la extensión territorial y personal de la huelga, su duración y también la naturaleza de los derechos o bienes constitucionalmente protegidos sobre los que repercute.

QUIXOTEUS

El criterio utilizado ha sido el de establecer, sobre los efectivos personales que habitualmente prestan la atención sanitaria en los centros del Sescam, los mínimos necesarios para atender las prestaciones que resultan esenciales para los usuarios.

También se ha tenido en cuenta la peculiaridad del colectivo convocado a la huelga y la extensión temporal de la convocatoria.

Todo ello se une al hecho de que hay centros en los que determinados servicios y especialidades no prestan servicios los días festivos, pero la presencia de esos profesionales es necesaria para atender los requerimientos asistenciales «inaplazables» derivados de la actividad sanitaria de un día ordinario, en especial las incidencias de enfermedades de naturaleza estacional.

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