sábado, 24 enero, 2026

Las sanitarias con embarazo de riesgo podrán cobrar las guardias aunque no las trabajen

CSIF valora de manera positiva esta sentencia y afirma que velará para que ninguna mujer sea discriminada por este motivo en su puesto de trabajo

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La Sección Cuarta de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo ha dictado una sentencia que reconoce el derecho a la percepción del complemento de atención continuada de una facultativa del Sescam, en situación de riesgo derivado del estado de embarazado, tras rechazar el recurso de la Junta de Castilla-La Mancha contra la decisión del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 3 de Toledo en un proceso judicial desarrollado por CSIF.

La sentencia, según explica el sindicato en nota de prensa, afecta a una facultativa, especialista en Urología, que presta servicios en la Gerencia de Atención Integrada de Guadalajara. Como consecuencia de su estado de embarazo y tras recibir un informe de los servicios de prevención de riesgos laborales, se le eximió de la obligación de realizar guardias.

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La afectada solicitó el abono de las cantidades correspondientes al complemento de atención continuada. Sin embargo, el Servicio de Salud de Castilla-La Mancha (Sescam) se lo denegó. CSIF, en representación de la afectada, «ganó el caso» y ahora, tras ser recurrida la resolución judicial por la administración castellanomanchega, el Tribunal Supremo da la razón al sindicato y sienta doctrina, según ha informado el sindicato.

Según el Supremo, señala CSIF, las guardias se integran plenamente en la jornada de trabajo exigible a los profesionales sanitarios por lo que, en virtud de la Ley de Igualdad y el principio de no discriminación por razón de sexo, se debe continuar abonando este concepto retributivo.

«La igualdad de trato entre sexos -según asegura el sindicato que dice la sentencia- exige que las modificaciones del puesto de trabajo adoptadas transitoriamente y durante el limitado periodo del embarazo no deben conllevar una disminución de las retribuciones estables de la trabajadora».

CSIF valora de manera positiva esta sentencia y afirma que velará para que ninguna mujer sea discriminada por este motivo en su puesto de trabajo.

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