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Villar de Cañas alega contra la ampliación de la Laguna de El Hito

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El Ayuntamiento de Villar de Cañas, municipio donde está prevista la instalación el Almacén Temporal Centralizado (ATC) de residuos nucleares, ha presentado alegaciones contra el proyecto del Gobierno de Castilla-La Mancha para ampliar el espacio Red Natura en la Laguna del Hito de 1.000 a 25.000 hectáreas, pues según señala el Consistorio, «bien por error, bien por mala fe» la Junta «ha empleado como base para su decisión documentación incorrecta».

En sus alegaciones, el Consistorio subraya que la ampliación del espacio protegido se basa en un inventario «obsoleto» de Áreas de importancia para las Aves (IBA), elaborado por la Sociedad Española de Ornitología, y que no se corresponden «con la realidad actual».

En un comunicado, el Ayuntamiento explica que la Junta fundamenta su decisión en un inventario de 2008, mientras que el vigente, en el que la Sociedad Española de Ornitología revisó y actualizó los datos del IBA del Hito en 2010, «fija otros límites distintos en los que Villar de Cañas quedaría excluido».

Así, el Ayuntamiento de Villar de Cañas indica «que la documentación presentada por la Junta en el acuerdo de 28 de julio de 2015 y que se puso a disposición del público es incorrecta».

Al Consistorio le llama la atención que este «defecto de forma que invalida todo el proceso, lo es a pesar de las directrices para el intercambio de información que establece la Guía sobre procedimiento de comunicación de la información oficial de los espacios protegidos Red Natura 2000».

Además, el Ayuntamiento señala que la Laguna del Hito» ya cuenta con un plan de gestión aprobado gracias a un acuerdo de 3 de mayo de 2012″. Acuerdo, para el que fue preciso» presentar planos y fichas normalizadas por la Comisión Europea y que estuvieron a disposición del público según regula ley», asegura el Consistorio.

«Todo un proceso que duró tres años, por lo que para el Consistorio resulta significativo que no se planteara modificación alguna por ningún organismo y que ahora sí es necesario hacer una revisión», ha manifestado.

LUGARES DE IMPORTANCIA COMUNITARIA

Sobre los lugares de importancia comunitaria (LIC) que han sido definidos en el acuerdo presentado por la Junta (comunidad de halófilas lagunares, albardinales con limonium, lythrum flexsuosum y grullas comunes), el Ayuntamiento deja claro que «no cuentan en su territorio con ninguno de estos elementos clave».

Los tres primeros, explica el Consistorio, se centran en exclusiva en la laguna de El Hito, mientras que con el cuarto «se incide en que las grullas duermen en la laguna y se alimentan en los cultivos aledaños, no a diez kilómetros».

Finalmente recuerda que «ya existen normativas locales pensadas para la defensa del medio ambiente de la zona y que la Junta ahora se atribuye de forma errónea».

La totalidad de las comunidades gypsófilas «están ya protegidas» al encontrarse adscritas a la categoría de suelo rústico no urbanizable de especial protección natural, Comunidades Gypsófilas, dice el Consistorio, que añade que en lo que se refiere a la protección de avifauna (grulla común, aves esteparias y rapaces), «sus hábitats ya están preservados conforme el POM».

De igual manera se refiere a la protección de avifauna, incluyendo la acuática y los paseriformes y rapaces que campean, y destaca que «están protegidos como suelo rústico no urbanizable de especial protección natural».

Por último, relata el Consistorio que «para la ictiofauna asociada al Záncara se cuenta con la protección del territorio clasificado como suelo rústico no urbanizable de especial protección ambiental, Cauces y zonas húmedas».

PIDE SU ANULACIÓN

Por todo ello, desde el Ayuntamiento se solicita que, atendiendo a la utilización de una «información incorrecta», se proceda a la anulación del acuerdo del pasado 28 de julio del Consejo de Gobierno que dio el visto bueno a la ampliación.

Por consiguiente, demanda el Consistorio, que se anule «el inicio del procedimiento para la ampliación del espacio protegido Red Natura 2000 (ZEC/ZEPA) Laguna del Hito; el inicio de la modificación del Plan de Ordenación de los Recursos Naturales del citado territorio, requisito para la ampliación de la Reserva Natural de la Laguna del Hito; el establecimiento para este territorio un régimen preventivo de protección contemplado en los artículo 30, 32.5 y 56 de la Ley 9/1999 de Conservación de la Naturaleza de Castilla-La Mancha y en la Ley 42/2007 del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad y el periodo de información pública».

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