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sábado, 23 noviembre
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Las subvenciones para el mantenimiento de plazas en centros de mayores se podrán solicitar desde este sábado

Mayores

El Diario Oficial de Castilla-La Mancha (DOCM) ha publicado este viernes la Orden de la Consejería de Bienestar Social, por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones a entidades locales para el desarrollo de programas y mantenimiento de plazas en centros de atención a personas mayores en Castilla-La Mancha, cuyo plazo de solicitud comienza este sábado, 16 de julio, y se prolonga durante quince días.

Las subvenciones objeto de esta orden se destinarán a gastos de personal y mantenimiento de plazas en las residencias para personas mayores; en los programas de alojamiento y convivencia de carácter residencial en viviendas de personas mayores; servicios de estancias diurnas y nocturnas y centros de día de atención a personas mayores, según se desprende de la orden, recogida por Europa Press.

El importe de la subvención que se conceda a residencias para personas mayores se determinará teniendo en cuenta el coste del servicio, en función del grado de dependencia de la persona usuaria, el número de plazas que la entidad pone a disposición de la Consejería competente en materia de servicios sociales para formar parte de la red pública regional, la ocupación efectiva de las mismas y la aportación económica de las personas usuarias.

Oscilaría entre los 46,25 euros por persona usuaria/día de aquellas personas que se encuentre en grado III a los 38,88 euros por persona de aquellos que se encuentren en Grado I. Para aquellas personas que se encuentren en trámite de reconocimiento de grado de dependencia o con grado reconocido y en trámite de elaboración del Programa Individual de Atención se establecen 38,88 euros por persona usuaria/día.

En el caso de subvenciones para centros de día de atención a personas mayores, la cuantía se determinará teniendo en cuenta la población mayor de 60 años existente en el municipio, la existencia de centros de análogas características y la actividad desarrollada, en su caso, en el ejercicio anterior con un importe mínimo de 3.000,00 euros y un máximo de 30.000,00 euros.

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En cuanto a los programas de alojamiento y convivencia de carácter residencial en viviendas de personas mayores se subvencionarán con una cuantía mínima de 12.000 euros y máxima de 18.000 euros cuando su ocupación sea entre el 25% y el 50% de las plazas disponibles. Se subvencionarán con una cuantía mínima de 18.000 euros y máxima de 28.000 euros cuando su ocupación sea superior al 50%.

Para residencias de personas mayores y servicios de estancias diurnas, la cuantía de la subvención no podrá superar el importe que la entidad beneficiaria abone, en su caso, a la entidad que gestione la prestación del servicio.

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