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domingo, 22 diciembre
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El Gobierno aprueba un paquete de medidas extraordinarias de Seguridad Social para los afectados por la DANA

Aprueba una IT para garantizar el 75 % del salario y un complemento del 15 % por al menos tres meses para IMV y pensiones no contributivas

El Consejo de Ministros de este martes ha aprobado, a propuesta del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, un paquete de medidas extraordinarias de protección y apoyo para paliar los efectos de la DANA.

Estas actuaciones se incluyen en el Plan de Respuesta Inmediata, que supondrá una inversión de 10.600 millones de euros para hacer frente a la emergencia por la DANA y tiene como objetivo proteger a los trabajadores y reforzar el tejido productivo en las zonas gravemente afectadas, con especial atención a la protección de las personas más vulnerables.

Alguna de las medidas, ya adelantadas por el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, pasan por la creación de una incapacidad temporal extraordinaria para trabajadores o autónomos con daños físicos y psicológicos provocados por la DANA, para que se asimilen a las derivadas de accidente de trabajo, que garantizarán desde el primer día el 75 % del salario.

Asimismo, las pensiones de viudedad y orfandad también se asimilarán a accidentes laborales, lo que supone un aumento de la cuantía y una mejora del cálculo, que se hará en base a los ingresos totales del último año.

En relación al Ingreso Mínimo Vital (IMV), se abonará un complemento especial del 15 % durante al menos tres meses para las personas que perciben el IMV o una pensión no contributiva en las zonas declaradas gravemente afectadas por la DANA, adicional a la prestación o pensión que ya reciben.

El Ministerio de Inclusión también ha habilitado el teléfono corto 020 del IMV, con un incremento del 40 % en su personal, para atender consultas y facilitar información sobre esta prestación.

MEJORAS EN LA PRESTACIÓN POR CESE DE ACTIVIDAD PARA AUTÓNOMOS

Además, el paquete de medidas incluye una mejora extraordinaria en la prestación por cese de actividad para los autónomos directamente afectados por la DANA y que han tenido que suspender su actividad.

Esta medida ofrece una protección ampliada que asegura los ingresos y facilita una reincorporación gradual a la actividad cuando sea posible.

Los autónomos afectados podrán acceder a esta prestación incluso si no cumplen con el periodo mínimo de cotización, que es habitualmente de 12 meses, y sin que este tiempo les compute de cara a futuras prestaciones, lo que se conoce como ‘contador a cero’.

‘COSTE CERO’ EN EL PAGO DE COTIZACIONES SOCIALES PARA AFECTADOS

Para empresas y trabajadores autónomos en ERTE y afectados directamente por la DANA, se establece el ‘coste cero’ en cotizaciones sociales para mitigar la falta de ingresos, favoreciendo así el mantenimiento del empleo y una rápida reactivación de la actividad productiva. Este periodo será considerado plenamente cotizado a efectos de futuras prestaciones.

Asimismo, se aprueban aplazamientos y moratorias en el pago de obligaciones con la Seguridad Social para las empresas de zonas no afectadas directamente, pero que han sufrido el impacto de la DANA.

Para las empresas que puedan continuar su actividad, se habilita la opción de solicitar aplazamientos a un tipo de interés reducido del 0,5 % durante los próximos cuatro meses, o bien moratorias a un año con interés cero en el pago de cotizaciones sociales.

Con el fin de proteger el tejido productivo, se ofrecerán facilidades adicionales para el pago de cotizaciones a la Seguridad Social, incluyendo la suspensión y ampliación de plazos, así como facilidades para realizar bajas y modificaciones en los datos de trabajadores.

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