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domingo, 22 diciembre
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16 años de cárcel por matar a un hombre con discapacidad en Alcázar de San Juan

Se la considera autora de un delito de homicidio con el agravante de superioridad

La Audiencia Provincial de Ciudad Real ha condenado a una mujer a 16 años de cárcel por haber matado a un hombre que sufría discapacidad, en Alcázar de San Juan, tras golpearle con un objeto contundente.

Según la sentencia hecha pública este viernes por la Audiencia Provincial, a esta mujer se la considera autora de un delito de homicidio con el agravante de superioridad por el que ha sido condenada a 12 años y 6 meses de prisión, a la vez que también se la considera culpable de un delito de robo con violencia en casa habitada por el que ha sido condenada a 3 años y 6 meses se cárcel.

La sentencia considera probado que la condenada, M.A.P.C., entre las 18:00 y 18:30 horas del 25 de noviembre de 2020 se dirigió a pie al exterior de la vivienda de un amigo suyo llamado J.G.C., al que visitaba con frecuencia para ayudarle en ocasiones en labores de limpieza de la casa a cambio de dinero, dado que este tenía problemas de movilidad, pues le había sido reconocido un grado de discapacidad del 92 %, de tipo física y sensorial, por osteoartrosis localizada degenerativa y ceguera.

En esta ocasión, la acusada M.A.P.C. acudió a la vivienda con la intención de reclamar un dinero que al parecer J.G.C. le debía y, sabiendo que éste se encontraba en su interior y al no abrirle la puerta, la rompió para entrar.

Una vez dentro de dicha vivienda, al encontrarse con J.G.C. en la cocina, iniciaron una fuerte discusión motivada por la supuesta deuda que existía entre ellos.

Entonces, la acusada M.A.P.C., valiéndose de su fuerte complexión física, y de que J.G.C. era una persona de menor envergadura y que contaba con problemas de movilidad y visión, le golpeó fuertemente en el macizo facial de la hemicara izquierda empleando para ello un objeto contundente aún no determinado, con la intención de acabar con la vida del agredido o, al menos, siendo consciente del peligro que para su vida podría suponer un golpe en dicha zona.

Acto seguido, la propia acusada, actuando con intención de obtener un beneficio patrimonial económico, cogió a J.G.C., que estaba inconsciente a consecuencia del fuerte golpe sufrido, lo llevó al salón y por último al dormitorio principal de la vivienda, donde lo colocó sobre la cama, para acto seguido, apoderarse de un televisor de plasma que estaba en el salón.

Poco después, la acusada se presentó en un domicilio cercano domicilio para intentar vender el televisor.

Avisados tanto por vecinos del bloque donde J.G.C. tenía su vivienda, como por familiares de la propia víctima, al extrañarse todos ellos por los ruidos y golpes que provenían de la vivienda del mismo, se personaron poco después varias patrullas de agentes de la Policía Nacional y de la Policía Local de Alcázar de San Juan, que, tras acceder al piso, encontraron a la víctima inconsciente y tumbado sobre un costado en la cama de su dormitorio.

Los agentes encontraron restos de sangre en dicha cama, como en suelo y muebles de la cocina y del salón del piso.

A consecuencia de la agresión, J.G.C. sufrió un traumatismo craneoencefálico de tal magnitud que no sólo le produjo fracturas óseas, si no que también le causó hemorragias cerebrales, edema cerebral y lesión axonal difusa con encefalomalacia.

A causa de dichas lesiones permaneció en coma todo el tiempo que estuvo hospitalizado hasta murió como consecuencia del fuerte golpe que había recibido.

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