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lunes, 23 diciembre
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Comienza una campaña de asesoramiento a empresas de C-LM para realizar sus planes de igualdad

Las empresas que cuentan en su plantilla con más de 50 personas trabajadoras deben elaborar y aplicar un plan de igualdad en sus centros de trabajo

El Gobierno de Castilla-La Mancha ha puesto en marcha, de manera conjunta con la Inspección de Trabajo y Seguridad Social en la región, una campaña informativa y de asesoramiento técnico para las empresas con más de 50 personas trabajadoras en plantilla, que desde ayer entran dentro de la norma que obliga a negociar, elaborar y registrar un plan de igualdad, en virtud de la Disposición Transitoria 12 de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva entre hombres y mujeres.

Esa Disposición establece que, a partir del 8 de marzo de 2022, las empresas que cuentan en su plantilla con más de 50 personas trabajadoras deben elaborar y aplicar un plan de igualdad en sus centros de trabajo, ha informado la Junta en nota de prensa.

Para garantizar el cumplimiento efectivo de la norma, el Gobierno regional, a través de la Dirección General de Autónomos, Trabajo y Economía Social, como autoridad laboral de la región; y la Inspección de Trabajo y Seguridad Social en la región han puesto en marcha una campaña conjunta para ayudar a las empresas que entran dentro del nuevo rango de obligación de la norma a su cumplimiento.

Los detalles de esta campaña han sido puestos en común por la viceconsejera de Empleo, Diálogo Social y Bienestar Laboral, Nuria Chust; la directora general de Autónomos, Trabajo y Economía Social, Ana Carmona; y el director territorial de la Inspección de Trabajo en la región, Juan Díaz Rokiski, en una reunión celebrada estos días, en la que se han detallado las acciones informativas a desarrollar con las empresas de la región, a través de una comunicación directa con las mismas.

En esa carta, el Gobierno de Castilla-La Mancha y la Inspección recuerdan a las empresas de más de 50 personas trabajadoras que tienen la obligación de constituir, en el plazo de tres meses, una comisión negociadora del plan de igualdad que, como norma general, deberá contar con los representantes legales o sindicales de los trabajadores, o bien con los sindicatos más representativos del sector. Este periodo de tres meses entra en vigor para las empresas que alcancen ese nivel de empleo en el momento en el que superen esa cuota.

En todo caso, las empresas deberán tener negociado, aprobado y presentado en el registro su plan de igualdad en un plazo máximo de un año desde el día siguiente a la finalización del plazo máximo para la constitución de la comisión negociadora.

Los planes de igualdad deben contar con un diagnóstico de situación, que permita obtener la información precisa para diseñar y establecer medidas evaluables en el plan, y deberá incluir una auditoría salarial para evaluar el impacto de la brecha de género. Además, los planes tendrán una vigencia máxima de cuatro años y deben quedar registrados en el Registro de Planes de Igualdad a través del REGCON.

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