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miércoles, 18 diciembre
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Directores de centros de Castilla-La Mancha elegirán una persona que afrontará la atención educativa de alumnos que no cursen Religión

Los alumnos que no deseen cursar enseñanza religiosa recibirán la adecuada atención educativa

El área de Religión será ofertada en todos los cursos de Educación Infantil, Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria y el primer curso de Bachillerato de Castilla-La Mancha. Los alumnos que no deseen cursar enseñanza religiosa recibirán la adecuada atención educativa. Serán las direcciones de los centros educativos las que asignarán una persona que durante todo el curso académico será responsable de la señalada atención educativa, incluyendo el control de asistencia.

En dicha resolución se indica que la aprobación de los decretos autonómicos de currículo de las etapas de Educación Infantil, Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato obligará a una revisión de las programaciones didácticas. Asimismo, las órdenes de organización y funcionamiento señalan aspectos novedosos de los distintos documentos programáticos, que contempla un Plan de mejora, un Plan de igualdad y convivencia; un Plan digital y otro de Lectura.

Respecto al Plan de igualdad y convivencia, el departamento que dirige Rosa Ana Rodríguez indica que, en aplicación tanto de lo establecido en la Ley Orgánica 8/2021, de 4 de junio, de Protección integral a la infancia y la adolescencia frente a la violencia, como del II plan estratégico para la igualdad de hombres u mujeres en CastillaLa Mancha; al inicio del curso 2022/2023, los centros educativos elaborarán y aprobarán un plan de igualdad y convivencia.

Este plan incluirá el diagnóstico, los objetivos, las líneas de actuación y su evaluación. En relación a la aprobación del plan de igualdad y convivencia se estará a los plazos establecidos para el resto de documentos de centro, incluido el periodo excepcional de adendas que se ha previsto al inicio de estas Instrucciones para el curso 2022/2023.

En cuanto al Plan digital, los centros educativos, al inicio del curso 2022/2023, deben aprobar y aplicar el plan digital elaborado durante el curso 2021/2022. Se pondrá especial atención en establecer las condiciones que hagan posible la eliminación en el ámbito escolar de las situaciones de riesgo derivadas de la inadecuada utilización de las tecnologías digitales, con especial atención a las situaciones de violencia en la red.

Se fomentará la confianza y seguridad en el uso de las tecnologías prestando especial atención a la desaparición de estereotipos de género que dificultan la adquisición de competencias digitales en condiciones de igualdad.

Respecto al Plan de lectura, la Consejería de Educación, Cultura y Deportes ha determinado que dicho documento ha de ordenar y articular el tratamiento de la lectura en el centro educativo, a partir de un conjunto de medidas curriculares y organizativas dirigidas a potenciar y desarrollar en el alumnado la competencia lectora y a consolidar hábitos de lectura.

También orientará la práctica del profesorado y del conjunto de la comunidad educativa en torno a la lectura. Su estructura quedará regulada en la normativa específica.

Con carácter general todos estos documentos deben estar modificados y aprobados por los órganos competentes de los centros educativos a fecha de 31 de octubre del año en curso. No obstante, dada la complejidad y la transcendencia de este periodo de aplicación de un marco normativo nuevo, se habilita un periodo hasta el 30 de noviembre de 2022 para que los centros, mediante adendas, hagan las modificaciones que estimen oportunas.

La Consejería de Educación, Cultura y Deportes ha habilitado un sistema de gestión de documentos en Delphos (EducamosCLM) de modo que se elimine el envío de estos documentos en papel a las Delegaciones Provinciales, sustituyendo la entrega de estos documentos por la grabación en el mencionado gestor de documentos. A estos efectos, al inicio del curso 2022/2023 se publicará una guía de ayuda.

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PROGRAMACIONES DIDÁCTICAS

En función de las distintas etapas educativas, las programaciones didácticas de los ciclos, departamentos didácticos o departamentos de familia profesional atenderán al esquema que se establece en las respectivas órdenes de organización y funcionamiento.

En aplicación del calendario de aplicación establecido en la Ley 3/2020, de 29 de diciembre, el nuevo diseño de las programaciones didácticas será en el Segundo ciclo de Educación Infantil, en los cursos impares de la etapa de Educación Primaria, en los cursos impares de la etapa de Educación Secundaria Obligatoria (incluido primero de Diversificación curricular) y en el Primer curso de Bachillerato.

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