El diccionario panhispánico define el estado de alarma como un situación extraordinaria que declara el Consejo de Ministros cuando se produce una alteración grave de la normalidad por causa de catástrofes, calamidades, desgracias públicas, crisis sanitarias, paralización de los servicios públicos esenciales o desabastecimiento de productos de primera necesidad. De ella se puede deducir que un estado de alarma se decreta y aprueba, entre otras cosas, con la finalidad de poder combatir con la mayor eficacia el peligro que lo ocasiona.
Así se justifican los sucesivos estados de alarma aprobados en España en 2020 y 2021: para poder combatir la pandemia del coronavirus. Como quiera que una de las consecuencias del estado de alarma por pandemia es la restricción del derecho de reunión y de manifestación, no parece muy oportuno promover iniciativas legislativas que requieran una amplia participación social salvo que sean de extrema necesidad y urgencia para combatir la Covid-19.
Por lo expuesto entiendo que no se puede ni se debe considerar urgentes en un estado de alarma aquellas leyes que nada tienen que ver con la pandemia o sus consecuencias socioeconómicas. Las leyes cuyo contenido no afecta a la causa del estado de pueden hacerse lo mismo este año que el que viene o al otro, máxime cuando por su repercusión social es del todo conveniente y necesario que se entable un profundo debate social que justifique su necesidad. Pues bien, en el gobierno Sánchez-Iglesias no lo han entendido así y han aprovechado las restricciones propias del estado de alarma para introducir leyes de un marcado carácter ideológico absolutamente prescindibles en una España de pandemia.
¿Alguien puede decirme que ha aportado la ley de la eutanasia a la solución de la pandemia, de la vacunación o de los puestos trabajos perdidos por ella? ¿Alguien piensa que si no se hubiese aprobado este año hubiese pasado algo? Yo personalmente creo que no, que seguiríamos exactamente igual, con la diferencia de que podría haber evitado dar la impresión de un cierto ensañamiento: cuando han fallecido más de 100.000 personas por la pandemia se está pensando en un procedimiento (la eutanasia) que aumenta las muertes. Francamente, cuanto menos, es de mal gusto.
Todos, a través de las redes sociales y de artículos periodísticos, hemos comprobado que es un tema muy discutible tanto en lo que hace a considerarlo como un derecho, como si hace falta la eutanasia cuando existe una ley adecuada y dotada para los cuidados paliativos. Entiendo que hubiera sido más democrático por mas participativo, haber abierto un debate en la sociedad y una vez que esta hubiera tomado conciencia de ello haber hecho encuestas para conocer su opinión y sobre todo conocer cuantas personas a las que se les ofrecen cuidaos paliativos de calidad estaría dispuesta a que le practicasen la eutanasia.
Tengo la impresión que nos llevaríamos una sorpresa muy grande. Claro, este procedimiento hubiera sido el adecuado si el objetivo de la ley hubiese sido atender necesidades de la sociedad, pero no lo es cuando el objetivo es puramente ideológico: lograr imponer un determinado sistema de pensamiento sea o no mayoritario. Prueba de cuanto digo es que la eutanasia solo está aprobada en cinco países del mundo: tres de Europa (Holanda, Bélgica y Luxemburgo) y dos de América (Canadá y Colombia) y que fue rechazada en EE.UU. cuando pretendió aprobarse hace ya bastantes décadas.
Esta táctica de Sánchez de habernos “colado” la eutanasia, junto con la Ley Celaá, por la puerta de atrás, burlando a los españoles de un autentico debate social, aparte de dejar en entredicho su verdadero talante democrático, nos ha dejado sin respuesta algunas preguntas que, basados en la experiencia del informe Hawking sobre su aplicación en Holanda, podríamos formular así: ¿Es realmente el paciente terminal el que solicita la eutanasia o son alguno/os de sus familiares los que, saturados por los trabajos y preocupaciones de su cuidado, la solicitan? ¿Qué pasa con los responsables de su práctica en los casos en que la persona no lo solicita pero, por diversas circunstancias, se le practica?
Me da la impresión de que cuando se dice que la eutanasia es un derecho no se especifica quien lo va a ejercer ya que se parte de un supuesto falso y es de que la persona solicitante es una persona en pleno uso de sus facultades, totalmente lúcida y con clara y fuerte voluntad para ejercer ese derecho con plena independencia y autonomía. Situación que no se ajusta a la realidad, sino más bien de personas gravemente enfermas, ancianas, deprimidas, altamente dependientes, vulnerables e influenciables, es decir, en situaciones de fragilidad, vulnerabilidad y soledad. ¿No hubiera sido mejor promulgar una ley de cuidados paliativos que hacen prácticamente innecesaria la eutanasia?