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viernes, 22 noviembre
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Las ayudas directas para fomentar el teletrabajo se podrán pedir hasta el 30 de septiembre

Se podrán solicitar a partir de este miércoles

Las ayudas directas dirigidas a personas trabajadoras autónomas y pymes destinadas a fomentar el trabajo a distancia como modalidad de organización laboral, con motivo de la crisis sanitaria del COVID-19 del Gobierno regional se podrán solicitar desde este miércoles y hasta el 30 de septiembre.

En caso de cooperativas de trabajo asociado será indiferente el régimen de la Seguridad Social en el que se encuentren afiliados sus socios trabajadores.

En la categoría de las pymes, la pequeña empresa, definida como una empresa que ocupa a menos de 50 personas y cuyo volumen de negocios anual o cuyo balance general anual no supera los 10 millones de euros. En la categoría de las pymes, la microempresa, definida como una empresa que ocupa a menos de 10 personas y cuyo volumen de negocios anual o cuyo balance general anual no supera los 2 millones de euros.

También serán consideradas como beneficiarias de las ayudas, las comunidades de bienes, o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado que, aun careciendo de personalidad jurídica, ejerzan una actividad económica, tengan ánimo de lucro, realicen alguna actuación subvencionable conforme a este decreto.

El importe máximo del crédito destinado a la financiación de las subvenciones reguladas por el presente decreto asciende a 1.000.000 euros del presupuesto de gastos de la Consejería de Economía, Empresas y Empleo para la anualidad 2021. Estas subvenciones se financiarán con la distribución territorializada de los fondos finalistas realizadas por el Servicio Público de Empleo Estatal.

La cuantía de la subvención se establece en 700 euros por cada transformación de puestos de trabajo presenciales, en puestos de trabajo en los que la prestación laboral se realice a distancia.

La cuantía de la subvención se establece en 3.000 euros para cada contratación nueva de un puesto de trabajo cuya prestación laboral se realice a distancia.

La cuantía de la subvención se incrementará un 20% si se trata de una persona con discapacidad con grado de minusvalía reconocido igual o superior al 33% y que requiera adaptación para el desempeño del trabajo a distancia.

La cuantía de la subvención se incrementará en un 20%, cuando la actividad subvencionada se realice en alguno de los municipios incluidos en el Anexo al Decreto 52/2018, de 31 de julio, de delimitación geográfica de zonas prioritarias en Castilla-La Mancha.

Las solicitudes se presentarán únicamente de forma telemática con firma electrónica, a través de los formularios incluidos en la sede electrónica de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha (https:// www.jccm.es).

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