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Acusado de matar a su vecino clavándole unas tijeras en Ciudad Real

El lunes comienza el juicio del acusado

El lunes 4 de octubre comienza en la Audiencia Provincial de Ciudad Real el juicio con jurado popular contra F.P.S.H.A., el hombre acusado de matar a su vecino, I.A.G.G., clavándole «en varias ocasiones» unas tijeras durante una discusión en la urbanización ‘Los Rosales’ de Ciudad Real el 29 de enero de 2020. El fiscal pide para el acusado la pena de 20 años de prisión e inhabilitación absoluta durante el tiempo de la condena por un delito de asesinato. El juicio se extenderá hasta el viernes, 8 de octubre.

Durante la discusión, con ánimo de acabar con su vida y con unas tijeras que llevaba escondidas y de las que no pudo apercibirse I.A.G.G. comenzó a clavárselas con gran fuerza en la cara, cuello y tórax en varias ocasiones llegándose a cruzar las hojas de la misma de la violencia utilizada, ocasionándole la muerte de inmediato, pues una de ellas dirigida al cuello le secciono y le perforó la vena yugular derecha causándole una hemorragia masiva y provocándole un shock hipovolémico.

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Por auto de fecha 31 de enero de 2020 se acordó la prisión provisional comunicada y sin fianza de F.P.S.H.A.

El fiscal pide para el acusado la pena de 20 años de prisión e inhabilitación absoluta durante el tiempo de la condena; así como la prohibición de que el acusado se aproxime a la esposa del fallecido a distancia inferior de 500 metros de su persona, domicilio, lugar de trabajo o cualquiera que la misma frecuente durante un periodo de 25 años y libertad vigilada por tiempo de 10 años con la obligación de estar siempre localizable con aparatos electrónicos que permitan su seguimiento permanente; la prohibición de aproximarse con aquellos de sus familiares u otras personas que determine el juez o tribunal; y la prohibición de comunicarse con aquellos de sus familiares u otras personas que determine el juez o tribunal.

El acusado deberá indemnizar a la esposa en 94.391,18 euros por el perjuicio personal básico más el lucro cesante derivado de los años de matrimonio, la edad de la esposa y la disminución auditiva de la esposa según la aplicación del baremo previsto en la Ley 35/2015 de 22 de septiembre. A la cantidad resultante se incrementará un 25% como factor de corrección.

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