La Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) ha acordado este jueves ofrecer a los integrantes de la 70ª Promoción de la Escuela Judicial las 195 plazas que en este momento se encuentran desiertas en toda España.
La mayor parte de las plazas que se ofertarán a los nuevos miembros de la Carrera Judicial están en Cataluña, donde el número de vacantes asciende a 80. Cinco de estas plazas son de juez de adscripción territorial del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña; tres en la provincia de Barcelona; una en la de Girona y otra en Tarragona.
El resto de las plazas vacantes se reparten en las siguientes comunidades autónomas: 45 en Andalucía, 15 en Canarias, 14 en Galicia, 10 en Extremadura, seis en la Región de Murcia, cinco en Castilla-La Mancha, cuatro en Aragón y en País Vasco, tres en Cantabria, Castilla y León y en la Comunidad Valenciana, dos en Baleares y una en La Rioja.
La oferta de plazas a los nuevos jueces corresponde al órgano de gobierno de los jueces, dentro del ámbito de la potestad organizativa que le atribuye la Ley Orgánica del Poder Judicial con el fin de preservar la prestación del servicio público de la justicia y de cubrir las necesidades concretas de cada territorio.
CANDIDATOS EN SITUACIÓN DE DISCAPACIDAD
Según ha recordado el CGPJ, los nuevos miembros de la Carrera Judicial –empezando por el que mejor puntuación haya obtenido– podrán elegir su primer destino entre las plazas ofertadas.
En su reunión de este jueves, la Comisión Permanente ha acordado alterar ese orden de prelación para la elección de destino en lo que respecta a una de las juezas de la 70ª Promoción quien, debido a su situación de discapacidad, «podrá elegir de entre las 195 disponibles la plaza que mejor se adecúe a sus necesidades».
El artículo 12 del Reglamento de la Carrera Judicial prevé que, una vez superado el proceso selectivo, quienes hayan participado en el mismo por el turno de acceso de personas con discapacidad podrán solicitar a la Comisión Permanente del CGPJ la alteración del orden de prelación para la elección de plazas por motivos de dependencia personal, dificultades de desplazamiento u otras circunstancias análogas, que deberán acreditar.