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lunes, 23 diciembre
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Esta martes entra el vigor el decreto que delimita las 52 zonas con problemas de despoblación en C-LM

Incluyen a su vez a 523 municipios en extrema despoblación, 173 en intensa despoblación y 25 municipios en riesgo de despoblación

Este martes entra el vigor el decreto de la Presidencia de la Junta que determina las agrupaciones de municipios que integran cada una de las zonas rurales afectadas por la despoblación, en el que se han detectado 52 zonas con este problema, que incluyen a su vez a 523 municipios en extrema despoblación, 173 en intensa despoblación y 25 municipios en riesgo de despoblación.

En una rueda de prensa la semana pasada, el vicepresidente regional, José Luis Martínez Guijarro, dio cuenta de este decreto, según el cual 721 municipios de la Comunidad Autónoma –que representan el 78% del total–, en los que viven 438.000 habitantes –el 21% de la población de la región– están afectados por la despoblación.

CONSEJO REGIONAL FRENTE A LA DESPOBLACIÓN

El DOCM publica igualmente el decreto por el que se regula la organización, composición y el régimen de funcionamiento del Consejo Regional de Desarrollo del Medio Rural y frente a la Despoblación en Castilla-La Mancha.

El Consejo es un órgano colegiado de colaboración, cooperación y participación de la comunidad autónoma de Castilla-La Mancha en materia de desarrollo del medio rural y lucha frente a la despoblación y se adscribe a la Vicepresidencia, en cuanto miembro del Consejo de Gobierno competente en materia de reto demográfico, donde tendrá su sede.

Actuará, en el ejercicio de sus funciones, con plena autonomía funcional, independencia y sometimiento al ordenamiento jurídico y estará estructurado en dos secciones, una a nivel institucional, y la otra a nivel de los sectores económicos y sociales de la región.

Se podrán crear ponencias técnicas integradas por miembros del Consejo y por personas expertas en las materias objeto de estudio del Consejo en las que se precise de un asesoramiento técnico especializado, previamente especificadas en el reglamento de orden interno.

Además, se podrán crear comités técnicos, con la composición y funcionamiento que se determine, en relación con las materias objeto del Consejo, previamente especificados en el reglamento de orden interno y podrá disponer de un reglamento de régimen interno, que será aprobado por la mayoría absoluta de los miembros del pleno.

El pleno del Consejo está integrado por la presidencia, la vicepresidencia, las vocalías y la secretaría. La persona titular de la presidencia del Pleno del Consejo podrá invitar al mismo a aquellas personas que considere conveniente, en virtud de su competencia, actividad o intereses, relacionadas con la materia que vaya a ser objetode examen.

Entre sus funciones están informar de la Estrategia Regional frente a la Despoblación y sus revisiones intermedias con carácter previo a suaprobación, así como de la Estrategia Regional de Desarrollo Rural con carácter previo a su aprobación.

También ser informado sobre cualquier asunto que la Administración Regional considere relevante y pueda afectar o tenga relación con la Estrategia Regional frente a la Despoblación, así como elevar propuestas en materia de lucha frente a la despoblación en el ámbito de la Estrategia.

Emitirá también informes en cuestiones relacionadas con la lucha frente a la despoblación y el desarrollo del medio rural, a petición de la Administración regional y formulará recomendaciones en materia de la lucha frente a la despoblación y para el desarrollo del medio rural a las administraciones públicas u otras entidades públicas y privadas de la Región, con interés en la materia.

COMISIÓN INTERDEPARTAMENTAL

De igual modo, el DOCM publica el decreto que crea a la Comisión Interdepartamental frente a la Despoblación en Castilla-La Mancha, como órgano colegiado de la Administración autonómica, adscrito a la Vicepresidencia en cuanto miembro del Consejo de Gobierno competente en materia de reto demográfico.

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Servirá de apoyo a la persona titular del Comisionado del Reto Demográfico, o del órgano directivo o de apoyo al que pudieran asignársele sus actuales competencias, para el correcto ejercicio de la función de coordinación de las políticas de la Junta de lucha frente a la despoblación y el seguimiento de la implementación de la Estrategia Regional frente a la Despoblación.

Entre sus funciones están las de realizar el seguimiento de las actuaciones que se deriven de la Estrategia Regional frente a la Despoblación y, en su caso, efectuar propuestas para su actualización con la inclusión de nuevas actuaciones o modificación de las existentes.

Asimismo, cualesquiera otras funciones vinculadas al cumplimiento de los fines encomendados a la Comisión. Además, con carácter previo su aprobación, la Comisión Interdepartamental frente a la Despoblación emitirá un informepropuesta con motivo de la primera y la segunda revisión intermedia de la Estrategia Regional frente a la Despoblación, con el fin de analizar su evolución y abordar los ajustes necesarios para lograr el cumplimiento de sus objetivos.

La Presidencia de la Comisión Interdepartamental estará formada por la persona titular de la Vicepresidencia en cuanto miembro del Consejo de Gobierno competente en materia de reto demográfico y la Vicepresidencia será para la persona titular del Comisionado del Reto Demográfico o del órgano directivo o de apoyo al que pudieran asignársele sus actuales competencias.

Ambos decretos, tanto el del Consejo Regional frente a la Despoblación como el de la Comisión Interdepartamental, entrarán en vigo al día siguiente de su publicación en el DOCM.

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