Los notarios de Castilla-La Mancha han realizado más de 4.365 nuevos actos de jurisdicción voluntaria, entre los que destacan los de familia, como la celebración de matrimonios, separaciones o divorcios, que suman un 41% del total, desde que entrase en vigor, hace cinco años, la Ley de Jurisdicción Voluntaria hasta abril de este año.
Tras esos actos, les siguen los sucesorios, entre ellos, la declaración de herederos abintestato (sin testamento) de herederos colaterales y la realización del inventario antes de decidir si se acepta o se renuncia a una herencia, con un 22%, según ha informado el Consejo General del Notariado en un comunicado.
El resto se distribuye entre actos muy diversos como la conciliación o la reclamación de deudas dinerarias no contradichas, entre otros.
Desde la entrada en vigor de esta ley en julio 2015, y hasta abril de 2020, los notarios castellanomanchegos han realizado 4.365 nuevos actos de jurisdicción voluntaria, que doble durante el periodo julio 2019- abril 2020 que el primer año.
Según el decano del Colegio Notarial de Castilla-La Mancha, Luis Fernández-Bravo, «la Ley de Jurisdicción Voluntaria confía en la Función Pública Notarial y en nuestra proximidad a los ciudadanos para descongestionar los juzgados en asuntos que no presentan litigiosidad. Estamos muy satisfechos con su evolución».
Una de las novedades que introdujo esta ley fue la posibilidad de casarse, separarse o divorciarse ante notario. De hecho, la celebración de matrimonios (717) y de divorcios o separaciones (936) aglutinan más de la mitad de los actos de jurisdicción voluntaria realizados en este periodo (39%).
Así, más de 1.650 parejas han acudido a un notario en Castilla-La Mancha para contraer matrimonio, separarse o divorciarse –siempre que los cónyuges estén de acuerdo y no haya hijos menores a su cargo ni personas con la capacidad modificada judicialmente–.
La celebración de matrimonios ante notario se ha triplicado durante los casi cinco primeros años de vigor de la ley (de 49 a 138).Respecto a las separaciones o divorcios, la demanda de este acto se ha duplicado durante este periodo (de 94 a 192).
En el caso de los divorcios, además, el notario, al igual que hacía el juez, comprueba que el convenio regulador de la suspensión de la vida en común acordado por las partes se atiene a derecho y es equitativo para los dos miembros de la pareja, es decir, que no incluye aspectos que discriminen a uno de ellos, y lo incorpora y protocoliza dentro de la escritura pública de divorcio.